La Seprelad dispuso asimismo capacitaciones técnicas y formativas para las personas afectadas con esta disposición, las que se realizarán en la oficina de la institución, en el BCP.
La Seprelad menciona que tiene atribución de incluir sujetos obligados con el fin de detectar y reportar las operaciones con sospechas en actividades ligadas al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, esto por el artículo 28 de la Ley 3783/09.
Quejas contra resolución
Por otra parte, varias instituciones que se vieron afectadas por la resolución 71/2019 de reglamentación de la Ley de lavado de dinero han manifestado su disconformidad con ciertos aspectos de la citada resolución que aumenta el nivel de exigencia en aspectos de identificación del cliente. De acuerdo con la disposición, desde el 1 de este mes, por ejemplo, una de las quejas por parte de las aseguradoras es que las mismas deben exigir ahora a todos los clientes para la emisión de pólizas (sin excepción) la presentación física de documentos, como copia de cédula, nacionalidad y residencia, declaración jurada del origen del dinero o bienes, entre otros aspectos, que consideran de difícil cumplimiento y que, alegan, generarán atrasos en los procedimientos y más gastos para almacenamiento de los documentos.