Incluyen nuevos sujetos obligados en Seprelad

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A través de la resolución número 94/2019 de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad) se incluyó a las personas físicas y jurídicas que se dediquen a la compra y venta de inmuebles como sujetos obligados a reportar operaciones a dicha institución. De acuerdo con la resolución, las personas físicas y jurídicas que ejerzan en forma habitual la actividad de compra y/o venta de inmuebles deberán utilizar el aplicativo informático ROS web para remitir los Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS), conforme a los procedimientos establecidos por la Seprelad; esto está vigente desde el pasado mes de junio.

La Seprelad dispuso asimismo capacitaciones técnicas y formativas para las personas afectadas con esta disposición, las que se realizarán en la oficina de la institución, en el BCP.

La Seprelad menciona que tiene atribución de incluir sujetos obligados con el fin de detectar y reportar las operaciones con sospechas en actividades ligadas al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, esto por el artículo 28 de la Ley 3783/09.

Quejas contra resolución

Por otra parte, varias instituciones que se vieron afectadas por la resolución 71/2019 de reglamentación de la Ley de lavado de dinero han manifestado su disconformidad con ciertos aspectos de la citada resolución que aumenta el nivel de exigencia en aspectos de identificación del cliente. De acuerdo con la disposición, desde el 1 de este mes, por ejemplo, una de las quejas por parte de las aseguradoras es que las mismas deben exigir ahora a todos los clientes para la emisión de pólizas (sin excepción) la presentación física de documentos, como copia de cédula, nacionalidad y residencia, declaración jurada del origen del dinero o bienes, entre otros aspectos, que consideran de difícil cumplimiento y que, alegan, generarán atrasos en los procedimientos y más gastos para almacenamiento de los documentos.