En enero de 2013, el fiscal Angel Ramírez Fleitas pide desestimar la denuncia formulada en 2005, por la Lourdes González, directora General de los Registros Públicos, de un hecho punible de “Producción de documentos públicos de contenido falso en contra de José De Jesús Ferreira Ortiz”.
El denunciado Ferreira Ortiz solicitó ante los Registros Públicos una condición de dominio presentando escritura pública de la presunta transferencia de la Finca N° 30 (Padrón 52) del Distrito de Yhú, que abarca supuestamente 8.000 hectáreas, afectando gran parte de la Reserva Natural Morombí, que se encuentra bajo dominio privado.
Según el dictamen del entonces juez Hugo Sosa Pasmor, el fiscal Ramírez confirma la comisión del hecho punible, pero requiere la desestimación “no pudiendo determinarse la fecha de comisión –del delito– ni quienes sería los responsables de este hecho (sic)”.
Alega además que “siendo la pena para el hecho investigado de conformidad al art. 246 del Código Penal de 5 años o multa (los hechos ocurrieron en 2005)... ya se encuentra prescripto de conformidad al Art. 101 y 102 inc. 1° numeral 3 del Código Penal”.
Es decir, porque no se pudo determinar cuándo ni quiénes realizaron el hecho punible y, porque ya pasó el tiempo de pena previsto, se desestima la denuncia y de esta forma se “blanquea” al presunto falsificador José De Jesús Ferreira Ortiz, quien utilizando esa misma desestimación pide la inscripción de su título en Registros Públicos, que a su vez debe acatar la orden del juzgado que desestimó su denuncia.
Con ese título espurio y viciado de numerosas ilegalidades, Ferreira Ortiz pretende usurpar 8.000 hectáreas de la empresa Campos Morombí, gran parte dentro de las 31.000 hectáreas declaradas Reservas Naturales bajo dominio privado.
Como ejemplo, la Dirección de Registros Públicos afirma que nunca se pudo comprobar que el vendedor de las tierras de Ferreira (Eliodoro Rojas) haya tenido 8.000 hectáreas. A través del Padrón 52 se sabe que Rojas tenía en Yhú solo 25 hectáreas del Indert.