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El fiscal Estigarribia es del criterio que la revisión de medidas de Fernández Lippmann –en la que se resolverá si le otorgan la libertad por compurgamiento de la pena mínima (6 meses), debe realizarse en una audiencia oral–, según dispone el Art. 250 del Código Procesal Penal.
El juez Otazú había corrido traslado a la Fiscalía del pedido de libertad que realizó el defensor Álvaro Arias, a través de una providencia del 18 de enero, que es la que pide se revoque el fiscal Estigarribia para realizar la audiencia. Fernández Lippmann se encuentra desde el 11 de enero de 2018 con prisión preventiva en el proceso por enriquecimiento ilícito.