Suspenden sanciones a S.A. solo este mes

El decreto presidencial N° 3098 suspende hasta el 31 de diciembre la aplicación de sanciones y multas por el incumplimiento de la obligación de inscripción de las sociedades ante la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda.

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Esta es la única suspensión que se aplica en materia societaria, aclara el decreto, quedando las demás obligaciones firmes y vigentes. En ese sentido, el decreto no afecta la disposición que estableció que hasta el 10 de diciembre se puede presentar la solicitud de dictamen por modificación de estatutos para conversión de acciones. Se trata del canje de acciones al portador por las nominativas. Los que no cumplieron con este plazo se exponen a una multa de hasta 100 jornales mínimos, es decir, G. 8.434.000.

El decreto dispone que a partir del 1 de enero de 2020, en todos los procesos de inscripción de sociedades ante la Abogacía del Tesoro, se aplicarán las sanciones correspondientes según la infracción.

Esta medida busca transparentar la integración de las sociedades anónimas, en cumplimiento de una de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAF1) y del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

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