Diputada anuncia que planteará proyecto de jubilación voluntaria

La diputada colorada cartista María del Pilar Medina anunció que está trabajando en un proyecto de ley de jubilación voluntaria para trabajadores independientes, amas de casa o personal contratado. Sin embargo, desde el 5 de agosto de 2013 está en vigencia una ley que permite la jubilación voluntaria a través de IPS, que incluye a las amas de casa.

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La legisladora cartista anunció a través de la página oficial de la Cámara de Diputados que trabaja en la elaboración de un anteproyecto de ley de jubilación voluntaria. La diputada dice que su intención es asegurar un sistema “que permita pasar una vejez digna a los trabajadores independientes, amas de casa o personal contratado”.

“De aprobarse la normativa, se permitirá al trabajador ir pagando de forma personal un monto que será destinado a su jubilación, de manera que al llegar a la edad de retiro laboral el dinero pueda ser cobrado por su beneficiario”, expresó.

Según la diputada, la idea surgió ante las quejas de trabajadores del interior del país que al llegar a los 60 años o más no pueden acceder a un régimen jubilatorio, atendiendo que por diversos motivos no aportaron a ninguna caja durante sus años de juventud.

Ley vigente desde 2013

Desde el 5 de agosto de 2013 está en vigencia la Ley N° 4933, que autoriza la incorporación voluntaria de trabajadores independientes, empleadores, amas de casa y trabajadores domésticos al fondo de jubilaciones y pensiones del Instituto de Previsión Social (IPS).

El proyecto de ley fue presentado en su momento por los senadores de Patria Querida Miguel A. Carrizosa y Ana María Mendoza de Acha, y permite que los trabajadores independientes o cuentapropistas puedan ingresar al sistema jubilatorio del IPS por voluntad propia.

Según la ley, el aporte mínimo que deberán hacer es del 13% del salario mínimo legal vigente, pero no se prevé el acceso a la cobertura médica para estos aportantes, solo para fines jubilatorios, a diferencia de un trabajador dependiente de una empresa privada, que sí cuenta con acceso a la salud y aporta al sistema jubilatorio. Pero en este caso el trabajador dependiente aporta el 9% de sus ingresos mensuales y el aporte del empleador es del 16,5% mensual por cada trabajador.

Sin embargo, las exigencias de aporte y años de servicio se mantienen: 60 años de edad más 30 o 25 de aporte para una jubilación del 100%; 55 años de edad más 30 años de aporte para obtener una jubilación del 80%.

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