La Corte Suprema y su lento andar en destrabar los casos

La celeridad en la Justicia es algo que aún está lejos de ser realidad; los casos de los políticos investigados siguen teniendo algún tipo de “ayuda” de la Corte Suprema, entre ellos los del diputado Tomás Rivas y el senador Víctor Bogado por citar solo algunos. Y aún se aguarda la resolución de una excepción de inconstitucionalidad presentada por Óscar González Daher.

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Luego de nueve meses, la causa donde se encuentra imputado el diputado colorado Tomás Rivas se “movió” en la Corte.

La Sala Penal integrada por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Miryam Peña rechazó in limine la recusación contra el primero de ellos y otra contra el exministro Sindulfo Blanco.

Tras esta decisión, la misma sala rechazó la recusación en contra de los camaristas Arnulfo Arias y Carlos Ortiz Barrios.

Ahora, la Cámara de Apelaciones tiene vía libre para estudiar las apelaciones presentadas por Rivas.

El fiscal Luis Piñánez había imputado al legislador, en mayo del 2018, por estafa, cobro indebido de honorarios y expedición de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso.

Cuando el entonces juez Rubén Riquelme iba a comunicar al Congreso Nacional de un pedido de desafuero solicitado por el Ministerio Público, Rivas presentó una apelación y evitó que la notificación llegase a la Cámara Baja.

Ante esta situación, la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados había decidido postergar su dictamen sobre la petición de desaforar a Tomás Rivas hasta tanto sea resuelta su apelación.

De esta forma, Rivas permanece hasta ahora con sus fueros parlamentarios, con la ayuda de sus colegas, con lo que evita que el proceso investigativo continúe con relación a él, ya que la fiscala Yolanda Portillo acusó y pidió juicio oral y público para los tres sindicados como empleados del diputado Reinaldo Chaparro, Lucio Romero y Nery Franco, quienes recibían pagos de la Cámara pero no trabajaban ahí, sino que en negocios y en la casa de Rivas.

Lo que resuelva la Cámara de Apelaciones sentará una postura con relación a ese tipo de incidentes que paralizan todo el proceso con el “guiño” también de los ministros de la Corte.

Juicio oral en abril 

La causa donde se encuentra acusado el senador Víctor Bogado, su supuesta “niñera” Gabriela Quintana y su exjefe de gabinete Miguel Ángel Pérez lleva cinco años de haberse iniciado y todavía no llega a su conclusión.

Para los próximos 15 y 16 de abril está fijado el juicio oral y público a cargo de los jueces Juan Carlos Zárate, Elio Ovelar y Víctor Medina, pero existe riesgo de que no se realice debido a que está pendiente en la Sala Constitucional de la Corte una acción de inconstitucionalidad promovida por Gabriela Quintana contra el artículo 2 de la Ley 700/96 “que reglamenta el artículo 105 de la Constitución que dispone la prohibición de la doble remuneración”.

La Fiscalía en su dictamen ya pidió el rechazo. Argumentó que Quintana no demostró legitimación para accionar, ya que no probó que ocupase cargo alguno en la Itaipú Binacional, como, por ejemplo, a través de una resolución de su nombramiento. Sin embargo hasta el momento los ministros Gladys Bareiro, Miryam Peña y Antonio Fretes no se expidieron al respecto.

Gabriela Quintana está acusada por cobro indebido de honorarios; tenía doble salario, uno en la Cámara de Diputados y otro en Itaipú. Mientras que el legislador está acusado como cómplice del cobro indebido y como autor de la estafa, ya que a sabiendas de que la citada mujer no iba a poder cumplir funciones en la Binacional, igual pidió su contratación.

Acción contra enriquecimiento

Los ocho ministros de la Corte se inhibieron de estudiar la excepción de inconstitucionalidad que había planteado el exsenador Óscar González Daher, y ahora se buscará conformar con camaristas la Sala Constitucional del máximo tribunal.

Luego de ser imputado por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, el exsenador Óscar Alberto González Daher y su hijo, el concejal Óscar Rubén González Chaves, promovieron una excepción de inconstitucionalidad en contra de la modificación de la Ley 4431/11 que cambia el tenor del artículo 245 del Código Procesal Penal en lo referente a la prisión preventiva.

La citada modificación señala que los procesados por crímenes (delitos con penas de más de 5 años de cárcel) no pueden tener medidas alternativas a la prisión preventiva.

Cuestionan que la citada legislación viola los artículos 17, inciso 1, de la presunción de inocencia; 19 de la prisión preventiva y 137 de la supremacía constitucional. Además, citan los artículos 2, 7.1, 7.2, 7.3, 7.5 y 8.2, del Pacto de San José de Costa Rica.

Por ello, refieren que es inconstitucional porque vulnera la libertad personal, ya que incorpora toda clase de hechos considerados crímenes. Con dicha acción pretenden lograr la libertad de ambos.

perlasilgueropy@gmail.com

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