El fallo fue emitido por los camaristas Efrén Giménez, Lilian Lorena Benítez y Myrian Meza de López, quienes confirmaron en su totalidad la sentencia dictada en primera instancia.
El crimen ocurrió en la tarde del 2 de octubre de 2024, en una vivienda ubicada en el kilómetro 8, Fracción Willy, de Presidente Franco. Según la investigación, el ahora condenado trasladó a la víctima hasta el lugar a bordo de un automóvil Toyota Carina. Imágenes de circuito cerrado registraron el ingreso del vehículo a las 18:26 y su salida a las 19:52.
En ese lapso, alrededor de las 19:20, el hombre atacó a la mujer con un arma punzocortante, provocándole múltiples heridas en la cabeza, el tórax y los brazos.
La autopsia determinó que la víctima sufrió 37 lesiones y que la causa de muerte fue un shock hipovolémico provocado por heridas en el cráneo y la cavidad torácica. El cuerpo fue hallado al día siguiente por el hermano de la mujer, luego de que el empleador de esta alertara sobre su ausencia laboral.
El análisis de las cámaras de seguridad confirmó que el agresor permaneció en la vivienda durante el horario del crimen y que no se registró el ingreso de terceras personas.
La investigación también reveló que el último contacto de la víctima fue a las 19:19, cuando envió un video a un familiar, mientras el procesado aún se encontraba en el sitio. Tras el hecho, desaparecieron de la propiedad dos teléfonos celulares (uno corporativo y otro personal), una tablet, el control del portón eléctrico y una mochila con dinero.
Dos días después, el hombre llevó los dispositivos electrónicos a un técnico para borrar su contenido con el fin de venderlos.
Durante el juicio oral, que concluyó el 8 de abril, la fiscal Viviana Sánchez presentó pruebas documentales, testimoniales y periciales que acreditaron la responsabilidad penal del encausado.
Cabe señalar que la Fiscalía había solicitado 28 años de prisión y 7 años de medida de seguridad, basándose en informes psicológicos que indicaban rasgos compatibles con psicopatía; finalmente, se otorgaron 5 años bajo este último concepto.
Asimismo, se probó que el sentenciado registraba antecedentes de violencia psicológica, amenazas y hostigamiento contra su expareja.
El Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Zunilda Martínez, Herminio Montiel y Édgar Lezcano, había dictado la condena en primera instancia, la cual fue ahora ratificada íntegramente por el Tribunal de Apelaciones.