El proyecto de ley fue aprobado hoy en sesión extraordinaria de la Cámara de Senadores. Propone la modificación de los artículos 129, 141 y 251 de la Ley 1286/98 del Código Procesal Penal.
De esta manera, se amplía el plazo para que los jueces impongan medidas alternativas, de 48 horas a cinco días, y para las resoluciones fictas, de 24 horas a 10 días. Esta propuesta ya tenía media sanción en Diputados y ahora será remitida al Ejecutivo para su promulgación o veto.
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Cabe resaltar que este cambio es temporal, es decir, solo rige hasta finales de enero de 2020. El motivo de esta iniciativa, planteada por representantes de los tres poderes del Estado, se debe a que recientemente también el Congreso dio curso a la modificación del artículo 245 que deja a criterio del juez la posibilidad de otorgar o no medidas alternativas a la prisión de acuerdo a cada caso.
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Varios referentes políticos y judiciales habían advertido que esta nueva opción, de dejar la decisión a los magistrados en cuanto a ordenar o no la prisión preventiva, podía generar un colapso judicial, puesto que muchas personas privadas de su libertad podrían apelar al mismo tiempo.