La Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala Penal, rechazó el recurso extraordinario de casación y la aclaratoria planteados por el abogado Esteban Chávez Alvarenga contra el Acuerdo y Sentencia Nº 155 del 17 de noviembre de 2016, dictado por un Tribunal de Apelación de San Lorenzo que confirmaba la condena por “exposición al peligro en tránsito terrestre”.
Lea más: Condenan a abogado por resistirse al alcotest
Chávez Alvarenga fue condenado por el Tribunal de Sentencia de Luque, integrado entonces por Alicia Orrego Pérez (presidenta), Hugo Segovia y Rubén Morínigo, a pagar una multa de 180 días/multa, unos G. 2.550.000. Tras dos días de juicio oral, el fiscal Julio César Ortiz había logrado demostrar en octubre de 2015 que el letrado conducía ebrio el 14 de setiembre de 2013 en el ramal que une San Lorenzo con Luque.
El Tribunal de Sentencia de Luque había considerado el testimonio de cuatro agentes de la Patrulla Caminera y uno de Policía. Además de la pena ya referida, paralelamente el juzgado de la Caminera tenía previsto aplicar sanciones administrativas.