Carlos Núñez Salinas (ANR) afronta su segundo período como diputado del departamento Central. Pero le hicieron falta apenas unos meses como legislador para que saltara el primer gran escándalo con el cual estuvo ligado.
En 2013, poco antes de asumir su banca en el Legislativo, Núñez Salinas fue procesado por contrabando.
Según la acusación, Núñez Salinas era representante de la firma Intercom Ingeniería SA, a través de la cual adquirió decodificadores en los Estados Unidos por US$ 1.026.028,51 a la empresa Envivio Inc.
No obstante, declaró ante la Aduana que adquirió ruteadores por la suma de US$ 17.760, y no por el precio real, conforme con la acusación.
Con ello, dice el fiscal, evitó pagar impuestos al valor agregado por la suma de G. 458.049.755.
El 27 de febrero del 2015, Núñez Salinas fue beneficiado con el sobreseimiento provisional, pero un año después el fiscal Martín Cabrera solicitó la reapertura de la causa, tras reunir más pruebas.
En esa instancia, la defensa admitió los hechos y previa presentación de los comprobantes del pago del impuesto que verdaderamente correspondía y de la multa equivalente por la referida maniobra irregular, ofreció realizar una donación de G. 50 millones al Hospital Pediátrico Niños de Acosta Ñu, a modo de reparación del daño social. Esta petición contó con la anuencia del fiscal Martín Cabrera, pero el juez Humberto Otazú dio trámite de oposición al pedido.
Blanqueado por cuestionado juez
Núñez Salinas fue sobreseído de forma definitiva en abril del año pasado por el cuestionado juez Elio Ovelar.
Ovelar interinaba el caso mientras se esperaba que la Corte Suprema decidiera sobre la nulidad que había planteado la defensa del legislador en setiembre de 2018 contra la confirmación del juez Humberto Otazú para entender la causa.
La máxima instancia judicial tardó casi un año en definir la cuestión y se expidió recién en agosto de 2019; casi seis meses después de que Ovelar otorgara el sobreseimiento definitivo para el diputado.
La “salvación” del diputado provino de la misma Corte Suprema, que declaró la inaplicabilidad de los artículos que sancionan el contrabando y la producción de documentos no auténticos.
Los abogados del legislador, Ángel Daniel Lird y Mílner Núñez, recurrieron a la Corte por intermedio de una excepción de inconstitucionalidad argumentando que la Fiscalía violó una serie de normativas nacionales e internacionales en el proceso y, por tanto, pidieron que se declare inaplicable la figura de contrabando y producción de documentos no auténticos en su caso.
La sala constitucional en mayoría –integrada por el ministro Sindulfo Blanco (preopinante) y el camarista en lo civil y comercial Carmelo Castiglioni– dijo que en este caso específico no hay delito, pues al comprobarse que Núñez Salinas pagó el impuesto que intentó burlar y la multa correspondiente, ya no es contrabando sino defraudación y como tal, no es perseguible penalmente.