Mario Abdo Benítez anunció la promulgación de la Ley Nº 6699 en compañía del ministro de Salud Pública, Julio Mazzoleni, y el asesor jurídico de la Presidencia, Hernán Huttemann, en una rueda de prensa en Palacio de López.
El objeto de esta ley es disponer el uso obligatorio de mascarillas sanitarias, higiénicas y de protección para toda la población en recintos públicos y privados. Además, establece una escala de sanciones pecuniarias y administrativas en caso de incumplimiento.
El Ejecutivo había enviado esta normativa al Congreso para modificar la anterior Ley Nº 6655, presentada en su momento por iniciativa de varios partidos políticos. El Ejecutivo argumentó que la anterior normativa era inaplicable en cuanto a la sanciones.
La Ley Nº 6699 fue sancionada por el Congreso el 17 de diciembre pasado.
En su discurso, el Presidente manifestó ayer que la normativa busca proteger a la población con el uso de las mascarillas de tal manera que pueda desarrollar sus actividades con relativa normalidad. Indicó que el uso del tapabocas es la manera más adecuada para cuidar los empleos, mantener la dinámica económica y hacer aplicables los protocolos sanitarios para reducir los niveles de contagio del coronavirus. “Insto a la ciudadanía de corazón a utilizar el tapabocas, mantener el distanciamiento social y también los protocolos de lavado de mano y alcohol, consideramos que es la mejor medida a tomar en estos tiempos donde no queremos tomar otras que generen un impacto a las actividades económicas”, expresó.
Sobre este último punto, Abdo Benítez advirtió que de continuar el aumento masivo de casos de covid-19, el Gobierno se verá obligado a tomar otras medidas aunque no dijo cuales.
Multas y sanciones
La ley vigente desde ayer con su publicación en la Gaceta Oficial, establece, por ejemplo, (ver infografía) que en la vivienda está exceptuado el uso cuando se encuentren personas de un mismo núcleo familiar pero no así en lugares públicos y en recintos sean públicos o privados. En cuanto a las multas, van desde los cinco jornales (G. 421.700) a 200 jornales (G. 16.868.000).
Guillermo Sequera, director general de Vigilancia de la Salud del Ministerio, agregó que las sanciones para los locales van desde diez días de cierre temporal hasta cierre permanente, si hay reincidencia.