Hacienda acreditó subsidio de frontera

El Ministerio de Hacienda ya acreditó el subsidio de frontera a un primer grupo de 18.000 trabajadores informales residentes en las ciudades de la frontera con Argentina, según comunicó la cartera.

El Ministerio de Hacienda realiza el primer pago para 18.000 personas y anuncia que llegará a 21.000 en la próximas horas.Archivo, ABC Color
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El Tesoro acreditó anoche a través de la red de pagos Bancard la suma de G. 500.000 para cada beneficiario, correspondiente al primer pago establecido en la Ley 6.720/21 que otorga el subsidio, con un costo de G. 9.000 millones (US$ 1,3 millones al cambio vigente).

La entidad explica que se prevé llegar en las próximas horas a 21.000 trabajadores como se había anunciado y que la lista de beneficiarios está disponible en la página web de Hacienda.

“El pago del subsidio a trabajadores y comerciantes que residen en 16 ciudades fronterizas con Argentina se realiza en virtud a lo que establece la Ley N° 6.720/2021 y se inició la semana pasada con el pago a los comerciantes formales”, indica la nota.

¿Qué ciudades son beneficiadas con el subsidio de frontera?

Las ciudades de frontera con Argentina que establece la ley son: Encarnación, Alberdi, Puerto Falcón, Nanawa, Ayolas, Pilar, Paso de Patria, Humaitá, Cerrito, General Díaz, Mayor Martínez, Villa Oliva, Villa Franca, Natalio, Mayor Otaño y San Rafael del Paraná, indica la cartera.

La semana pasada, fueron asistidos 3.764 comerciantes formales, que recibieron G. 2.190.000 por persona, y para este sector se prevé dos erogaciones, con una inversión de G. 8.200 millones (US$ 1,2 millones), señala.

Los trabajadores para recibir el subsidio fueron inscriptos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) y, según establece la ley y el decreto que lo reglamenta, perderán el derecho de acceder al subsidio a los 15 días corridos de la acreditación del beneficio realizado a través de los mecanismos de acreditación pertinentes. sin que el favorecido lo haya utilizado.

Además, la SET procederá de oficio a cancelar el RUC de dicho contribuyente siempre que el beneficiario no haya realizado en su calidad de contribuyente alguna de las siguientes solicitudes: clave de acceso confidencial de usuario del sistema de gestión tributaria Marangatu, actualización de datos en el RUC, autorización de timbrado de documentos.