Fiscalía acusa a padres de la niña francesa, pero de ella nada se sabe

El Ministerio Público acusó, el 4 de mayo pasado, a la mamá de la pequeña francesa de 8 años, por abandono y violación del deber de cuidado y educación, mientras que a su pareja solo por abandono, pues entiende que no tuvieron el cuidado requerido para atender a una niña con discapacidades. De la menor de edad nada se sabe desde el 15 de abril de 2020.

Los fiscales Carlos Maldonado, Lorenzo Lezcano, Gedeón Escobar y María Irene Álvarez.
Los fiscales Carlos Maldonado, Lorenzo Lezcano, Gedeón Escobar y María Irene Álvarez.

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El próximo 15 de mayo se cumplirán 13 meses de la desaparición de la niña francesa de 8 años del establecimiento “Monte Pacará”, en la compañía Isla Alta de Emboscada, departamento de Cordillera.

Un equipo fiscal formado por Gedeón Escobar, María Irene Álvarez, Carlos Maldonado y Lorenzo Lezcano, investiga la desaparición de la pequeña. Producto de esta pesquisa se abrió otra sobre abandono y violación del deber de cuidado.

La investigación cuenta con un total de 12 tomos, en los que se explican todos los movimientos realizados por los agentes fiscales y los requerimientos efectuados.

El 4 de mayo, los fiscales acusaron a la madre por abandono y violación del deber de cuidado. Para su pareja, un ciudadano alemán, presentaron el cargo por abandono.

En el documento se aclara además que la niña padece de un retraso en el desarrollo psicomotor, microcefalia, y que si bien tiene 8 años, su edad mental es la de 4 años.

Los fiscales ofrecen seis pruebas periciales conseguidas durante la etapa investigativa, así como 82 testimoniales recogidas en los más de 30 allanamientos realizados en distintas ciudades, como parte de la búsqueda de la infante, y un total de 541 pruebas documentales que, en su descripción, abarcan 30 páginas del documento.

Acusación

Fundamentan su acusación con “las circunstancias fácticas y elementos probatorios reunidos, durante el desarrollo de la investigación, ha quedado probada la existencia del hecho punible de abandono y la participación de los acusados”.

Aplica lo establecido en el artículo 119 del Código Penal, inciso 1°, numeral 1, en calidad de autor, para el alemán; sin embargo, para la mujer se aplica el artículo 119, inciso 1°, numerales 1 y 2, así como el inciso 2° (Ver infografía).

Basados en testimonios, documentales y la conducta de los acusados, la fiscalía entiende que se probó el abandono porque la pareja no prestó " el debido cuidado y atención a la niña, poniéndola en una situación de desamparo, inobservando los deberes de vigilancia y asistencia que la niña requería, exponiéndola a una situación de inseguridad y peligro para su vida y su integridad física, lo que derivó en su desaparición hasta el día de la fecha”.

La fiscalía afirma que hay elementos para sostener la existencia de la violación del deber de cuidado y la participación de la acusada.

En este contexto, la conducta de la mujer se ajusta al artículo 226 del Código Penal, inciso 1°, en calidad de autor. ya que la misma tenía plena conciencia de todo lo actuado (ver infografía).

El extranjero no fue acusado por violación al deber de cuidado, pues los fiscales entendieron que “si bien existieron suficientes indicios para formular acta de imputación en su contra, sin embargo, concluida la investigación no se han incorporado elementos probatorios que puedan sustentar la existencia de los elementos objetivos que requiere la norma aplicada”. Esto es a los efectos de que su conducta se relacione con lo especificado en el artículo 119 del C.P., que establece que para eso debe haber un vínculo de parentesco natural con la víctima.

Por eso, el Ministerio Público establece una mayor responsabilidad por parte de la madre en ambos delitos.

Causas paralelas

Al mismo tiempo, el mismo equipo fiscal lleva adelante otra causa, ramificación de la primera y de la desaparición de la niña, que trata sobre pornografía relacionada a niños y adolescentes, hecho que se le imputó al alemán, luego de que se detectaron en su celular dos fotos de la niña, una en la que se baña en un arroyo sin ropa y otra, sin pañal.

La fiscalía tiene tiempo para concluir esta pesquisa hasta el 23 de julio.

El extranjero y la madre además fueron encausados por desacato a una orden judicial, al no someterse a la extracción de muestras para comparativas de ADN. Solo la mujer está acusada.

Por estos hechos que son indagados es que, en concordancia con lo que se establece en el artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, tanto el nombre de la niña, como el de sus padres y otros indagados, son omitidos.

Casi 13 meses

El 22 de marzo la madre y sus dos hijas se mudaron con el alemán al complejo “Monte Pacará” de Emboscada. El 15 de abril de 2020, a las 8:30 llegó el capataz para la limpieza, atrás de la casa principal. A las 9:30 el extranjero transportó al alambrador hasta el domicilio. Sin embargo, a las 10:00, solo el capataz notó que la niña ya no estaba.

Más tarde llegó un socio del alemán, un connacional suyo, que ayudó a la búsqueda, pero el dueño de Monte Pacará recién se acopló al rastrillaje a las 16:30 de ese día, sin hacer partícipes a sus trabajadores.

El 16 a las 9:45, la madre denunció la desaparición de la niña en la comisaría 6ª de Emboscada, pese a que el director de la escuela a la que iba la pequeña ya había alertado del hecho a la policía ese mismo 15 de abril.

Según los testimonios de las niñeras y la maestra “sombra”, el alemán maltrataba a la niña y reprochaba a la mujer de que la infante era una maldición para ella, al aludir su condición física.

ariel.espinoza@abc.com.py

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