El nuevo decreto mantiene cuatro generales de Ejército o sus equivalentes que pueden ostentar dicho rango y aumentó a 21 la dotación de Generales de División o su equivalente, cuando anteriormente eran solamente 19.
Por su parte, anteriormente los Generales de Brigada o su equivalente podían llegar a ser solamente 24, y actualmente el límite se aumentó a 30.
Además, por ejemplo, también se agregó entre los cargos privativos para General de División el puesto de Director General de Tecnología de la Información y Comunicación de las Fuerzas Armadas de la Nación.
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Es decir, quien sea designado en este cargo y otros como Obispo Castrense, Director General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa Nacional, Vicepresidente de la Junta Interamericana de Defensa, Comandante del Comando Logístico o Jefe del Estado Mayor Conjunto, entre otros, deberán necesariamente tener el rango de General de división o su equivalente en las otras fuerzas.
Otro cambio relevante es el Decreto N° 4436/2015 que establecía que se podría designar al frente del Comandante de Operaciones de Defensa Interna (CODI) a alguien con rango de General de Brigada o su equivalente (contraalmirante de la Armada o General de Brigada de la Fuerza Aérea).
El nuevo decreto elimina esa posibilidad y establece que el cargo de Comandante del CODI será privativo de General de Brigada del Ejército, al igual que para Comandante de las Tropas Especiales del Ejército.