“Menchi” Barriocanal: jueces deben hacer control constitucional ante discordancia, según ministro de Corte

Alberto Martínez Simón, ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), afirmó que todos los jueces deben realizar un control constitucional para aplicar una ley y, en caso de discordancia, solicitar una consulta constitucional al máximo tribunal. Esto lo dijo en el marco del caso Mercedes “Menchi” Barriocanal contra Juan Vera.

Mercedes Menchi Barriocanal y su abogado Harry Biedermann tras la suspensión de la audiencia de conciliación con Juan Vera por querella
Mercedes "Menchi" Barriocanal y su abogado Harry Biedermann.Gustavo Machado ABC COLOR

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El juez Emmanuel Villalba brindó medidas de protección a la periodista Mercedes “Menchi” Barriocanal por medio de la Ley 5.777, de protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia. Esto, ante la publicación de su número telefónico por parte de Juan Vera, titular de Asucop, quien buscaba que la comunicadora sea hostigada por su postura a favor de la transformación educativa.

La resolución del magistrado generó controversia en el ámbito judicial, pues un sector alega que el juez tuvo un “exceso de entusiasmo” y recurrió a una censura. Por su parte, otros alegan que esta medida de protección está contemplada en la Ley 5.777.

El ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Alberto Martínez Simón habló sobre el tema y explicó que -si bien no puede opinar sobre el caso “Menchi” Barriocanal- un juez debe realizar un control constitucional para aplicar cualquier normativa.

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“Todos los que leemos la Constitución tenemos que hacer una interpretación constitucional y tratar de adecuar al sistema normativo la Constitución”, mencionó.

Consulta constitucional

Explicó, asimismo, que en caso de que un magistrado observe una discordancia entre una normativa inferior, en este caso la Ley 5.777, y un principio constitucional como la libertad de expresión, el mismo debería realizar una consulta constitucional a la Corte Suprema para que esta emita una resolución que dilucide el tema.

“No quiero hacer juicio de valor en este caso en particular pero, en este caso, si no se hizo (la consulta de constitucionalidad), el juez va a entender que la norma está vigente, es válida y la va a aplicar. Pero si no la detecta, se deberá hacer la consulta de constitucionalidad para que la Corte declare la inconstitucionalidad y no aplicar ese artículo 5″, declaró.

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“Si el juez tiene una sospecha de acuerdo a su razonamiento de que una norma inferior puede contravenir la norma constitucional, formula la consulta de constitucionalidad. Si bien es una prerrogativa, se espera que todos los jueces que se encuentren ante esta situación de choque normativo hagan esa consulta de constitucionalidad”, agregó.

Comentó que una vez que la Corte resuelve la consulta constitucional, el magistrado recién obra en consecuencia a la resolución del máximo tribunal de justicia. “Todos estamos obligados a respetar el orden jerárquico y los jueces, cuando ven una discordancia, elevan la consulta, esperan que la Corte lo resuelva y obran en consecuencia”, explicó.

Juicio contra Juan Vera

Martínez Simón, asimismo, indicó que “casos como este podrían solucionarse con la primera consulta de constitucionalidad”.

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La comunicadora se encuentra en pleno juicio contra Juan Vera en el marco de una querella por lesión a la intimidad. Ayer, martes, arrancó con los primeros alegatos.

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