Fiscal Carolina Martínez apeló arresto domiciliario otorgado a supuesto pastor abusador

La fiscal Carolina Martínez de la ciudad de Capiatá decidió apelar la resolución fundada por la jueza penal de garantías, Norma Salomón, quien otorgó arresto domiciliario a un pastor que es sindicado de abuso sexual en menores, y fue imputado por el Ministerio Público. El pastor actualmente cumple las medidas en su domicilio hasta que un tribunal de alzada resuelva ante el pedido realizado por la fiscalía.

La fiscal, Carolina Martínez, explicó que se debe tener en cuenta la supremacía constitucional y principio de interés superior del niño.
La fiscal, Carolina Martínez, explicó que se debe tener en cuenta la supremacía constitucional y principio de interés superior del niño.Lucia González

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La representante del Ministerio Público fue clara en su postura y dijo que el Juzgado Penal de Garantías debía antes de resolver, primero analizar la prelación de las normas que fue argumentado en su pedido cuando requirió la prisión preventiva del imputado. Mencionó que ante cualquier norma de menor jerarquía prevalecerá siempre la Constitución Nacional.

La agente fiscal explicó, que la fiscalía se sintió agraviada por la disposición de la jueza, Abg. Norma Salomón, debido a que en el art. 20 de la Constitución Nacional se establecen que los motivos de la privación de libertad se fundan en dos circunstancias, y que la primera es la readaptación del delincuente, y la otra la protección de la sociedad.

En ese sentido, explicó que “a criterio de la fiscalía se debió realizar un control de constitucionalidad, y aplicar la norma de carácter constitucional que es siempre preeminente. Esto es en razón de que el mismo autor es sindicado de varios hechos punibles de igual naturaleza, y más aun teniendo en cuenta que las víctimas son niños”.

Agregó además, “que los niños acuden regularmente a la iglesia al que pertenece el pastor, y en consecuencia se encuentran en estado de vulnerabilidad. También se ha invocado el principio de interés superior del niño. Estos principios se deben tener a la vista en el momento de tomar una determinación. Es por eso que se requiere al tribunal de apelaciones que reexamine la decisión asumida por la jueza penal de garantías, y verifique el control de constitucionalidad de la disposición establecida en el art. 238 cotejando con el art. 20 de la Constitución Nacional”.

Se había decretado prisión preventiva

La fiscal Carolina Martínez, días atrás había solicitado la prisión preventiva del pastor, pese a que el victimario tenía 71 años de edad. En su argumento explicó que habían motivos agravantes como por ejemplo que la supuesta víctima sería vecina del pastor en cuestión.

Sin embargo, la jueza penal de Garantías, Norma Salomón, le otorgó el arresto domiciliario, ya que la defensa apeló la primera medida en donde había decretado su prisión preventiva. Manifestó que se acercó el documento de identidad en donde se comprobó que el victimario tiene 71 años de edad, además de presentar varias garantías que posibilitó que el pastor obtuviera el arresto domiciliario.

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