Caseros de oro: Cámara confirma sobreseimiento del exdiputado Tomás Rivas

Tomás Rivas, exdiputado colorado sobreseído del proceso por sus "caseros de oro"; y su esposa Carmen Benítez,quien es funcionaria de la entidad binacional Itaipú.

La Cámara de Apelaciones confirmó, en mayoría, el sobreseimiento definitivo del exdiputado colorado Tomás Fidelino Rivas del proceso por presunta estafa con sus “caseros de oro”. La camarista preopinante votó, en minoría, por anular el fallo de primera instancia, con el argumento que el Tribunal de Sentencia aplicó erróneamente la norma al validar la reparación del daño, ya que dicho acuerdo no tuvo el visto bueno de la Fiscalía.

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En mayoría el Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, de la Capital confirmó la resolución del Tribunal de Sentencia que en abril de 2024, en un segundo juicio oral, dictó el sobreseimiento definitivo del exdiputado Tomás Fidelino Rivas (ANR - cartista), por reparación del daño, del proceso por presunta estafa con sus “caseros de oro”.

El tribunal de alzada confirmó el sobreseimiento definitivo del exparlamentario colorado con los votos de los camaristas Agustín Lovera Cañete y María Belén Agüero, quienes luego de analizar los argumentos de la apelación planteada por el entonces fiscal anticorrupción Diego Arzamendia (actualmente fiscal adjunto de Canindeyú), resolvieron confirmar el Auto Interlocutorio N° 299 de fecha 23 de abril de 2024.

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Mediante dicho fallo el Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Laura Ocampo e integrado por Fabián Weisensee y Juan Pablo Mendoza, en la etapa incidental, hizo lugar al planteamiento de la defensa y dictó el sobreseimiento definitivo del exlegislador, con el argumento que el daño ocasionado al Estado, mediante la Cámara Baja, fue reparado.

Por unanimidad el Colegiado de Sentencia validó el acuerdo firmado el 22 de noviembre de 2021 entre Tomás Rivas y Pedro Alliana, en ese entonces presidente de la Cámara de Diputados y actual vicepresidente de la República, por la suma de G. 121.208.000 en concepto de reintegro a la Cámara Baja.

Tomás Rivas reparó daño, según camaristas

En su voto el camarista Agustín Lovera Cañete concluye que con el sobreseimiento definitivo del exdiputado Tomás Rivas no existe vulneración de normativas de grado constitucional ni procesal, que ameriten una corrección, como tampoco ningún vicio en la resolución recurrida por el Ministerio Público.

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Lovera Cañete agrega que el monto del perjuicio causado al Estado, según la acusación fiscal del 22 de noviembre de 2019 y al A.I. N° 885 del 2 de diciembre de 2020 (auto de apertura), es de G. 47.000.000, por lo que el magistrado resalta que el exdiputado Tomás Rivas “ya ha realizado un acuerdo de voluntades con la Cámara de Diputados así como con la Procuraduría General de la República”.

Al respecto añade que Rivas llegó a un acuerdo primeramente por un monto de G. 121.208.300, y en segundo término, por un monto de G. 47.000.000, por lo que, a criterio del magistrado, se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 25 inc. 10) del Código Procesal Penal, habiéndose resarcido a la víctima directa, que es la Cámara de Diputados, como así también al Estado paraguayo representado por la Procuraduría General de la República.

La camarista María Belén Aguero se adhirió al voto de su colega Agustín Lovera Cañete, quien puntualizó también que mediante Nota PGR N° 462/2024, remitida por el entonces Procurador General de la República, Dr. Marco Aurelio González, la institución expresó que “…la Procuraduría General de la República no tiene ningún reclamo que realizar al señor Tomás Fidelino Rivas Benítez…”

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“Bajo ningún punto correspondía la extinción”

La camarista Adriana María Giagni (preopinante) votó en minoría por anular el fallo dictado en primera instancia, señalado que el Tribunal de Sentencia, por medio del A.I. 299 del 23 de abril de 2024 decidió, con básicamente los mismos fundamentos del primer auto interlocutorio anulado, la extinción de la acción por reparación del daño patrimonial.

De izquierda a derecha: Juan Pablo Mendoza, Laura Ocampo (presidenta) y Fabián Weisensee integraron el Tribunal de Sentencia que dictó el sobreseimiento definitivo de Tomás Rivas.

“El nuevo tribunal de sentencia resolvió la extinción por la reparación del daño a pesar de la falta de acuerdo del Ministerio Público, que expresamente se opuso a la salida alternativa al juicio oral, lo que habría motivado (entre otros) la nulidad resuelta por el primer tribunal de apelación que afirmó la necesidad de contar con la conformidad del ministerio fiscal para lograr la reparación del daño en los hechos punibles de acción penal pública”, resalta la camarista.

Agrega que el Art. 25 numeral 10 del Código Procesal Penal dispone que la extinción por la reparación del daño requiere admisión de “la víctima o del Ministerio Público según el caso”.

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Giagni puntualiza que además de la falta de acuerdo de la Fiscalía, bajo ningún punto de vista correspondía la extinción por reparación del daño para el exdiputado Tomás Rivas, atendiendo a que esta salida alternativa requiere que se trate de un “hecho punible contra los bienes de las personas o culposo” y el ex legislador fue acusado además de la estafa (hecho punible contra el patrimonio), por cobro indebido de honorarios profesionales, conducta prevista en el Art. 313 del Código Penal, cuyo bien jurídico protegido es el correcto ejercicio de las funciones públicas.

Sobre el punto la camarista resalta que existió un error en la aplicación de la ley procesal en la decisión del Tribunal de Sentencia que resolvió la extinción de la acción penal, motivo por el cual votó por anular el fallo y ordenar el reenvío del expediente para la realización de un juicio oral. Señaló que el monto entregado por el acusado en concepto de reparación del daño, en todo caso, deberá ser tenido en cuenta al momento de la medición de la pena.

Antecedentes del caso “caseros de oro”

El exdiputado cartista por Paraguarí fue imputado en mayo del año 2018 por el caso de los “caseros de oro” luego de que una investigación periodística demostrara que tres empleados particulares suyos estaban asalariados en la Cámara de Diputados.

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Pero en diciembre de 2021, tras decenas de chicanas, el tribunal de sentencia integrado por los jueces Héctor Capurro Radice, Cándida Fleitas (voto en disidencia) y Juan Carlos Zárate Pastor, declaró la extinción de la acción penal y ordenó el sobreseimiento definitivo de Tomás Fidelino Rivas del proceso por presunta estafa.

El presidente del tribunal, Héctor Capurro, argumentó que la extinción de la acción sucedía porque “no existe perjuicio patrimonial contra la Cámara de Diputados, ya que mediante un acuerdo que fue firmado el 22 de noviembre de 2021, el acusado reparó integralmente el daño ocasionado”, según alegó.

El acuerdo fue firmado por el acusado y el entonces presidente de la Cámara Baja y actual vicepresidente de la República, Pedro Alliana (ANR, cartista), y establecía que el cuerpo legislativo ya no tiene reclamo alguno que hacer, bajo ningún concepto, al exparlamentario acusado, atendiendo que el mismo depositó G. 121.208.000 en concepto de reintegro a Diputados.

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El monto referido corresponde a los salarios cobrados irregularmente por los caseros Lucio Romero Caballero, Nery Franco González y Reinaldo Chaparro Penayo, como supuestos funcionarios del Congreso. El 28 de junio de 2021 los “caseros de oro” fueron condenados a 2 años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena.

El sobreseimiento definitivo fue anulado, pero en un segundo juicio Rivas volvió a ser sobreseído, lo que fue confirmado, ahora, por la Cámara de Apelaciones, con votos en mayoría.

“Caseros de oro” “marcaban” en Diputados pero estaban en inmuebles de Rivas

En el juicio se probó que los caseros, según el contrato que firmaron, tenían que cumplir un horario de 7:30 hasta las 15:30, de lunes a viernes, y debían estar en la Cámara Baja el tiempo que el diputado Tomás Fidelino Rivas estuviese en la sede parlamentaria, ya que Nery Franco y Reinaldo Chaparro figuraban como choferes, mientras que Lucio Romero era secretario privado del legislador.

Lucio Romero, Reinaldo Chaparro y Nery Franco, los caseros de Tomás Rivas.

Sin embargo, en las 35 sesiones realizadas entre el 1 de julio del 2016 y el 28 de febrero de 2017 los mismos, pese a marcar asistencia en planilla, tenían llamadas telefónicas que les ubicaban en el distrito de Ybycuí, con minutos de diferencia de su hora de entrada.

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Es decir, los funcionarios hacían de caseros de Tomás Rivas, en la vivienda que tiene en Lambaré y en su estancia de Paraguarí.

En el caso de Chaparro y Romero figuran como contratados desde el 2013, año en que Rivas asumió como parlamentario. Estos dos empleados tenían un salario mensual de G. 2.000.000, mientras que Franco ingresó como funcionario de Diputados a mediados de 2016, con un sueldo de G. 3.000.000.

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