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A través de un comunicado emitido este miércoles, la SET avisa igualmente que la presentación se debe realizar conforme al Calendario de Declaraciones Juradas Informativas, establecido en la Resolución General N° 48/2014.
Señala que para la presentación de estos informes se debe utilizar el Formulario N° 157 - Informe de Auditoría Externa Impositiva – Versión 3, aprobado mediante la Resolución General N° 133/2018.
Acota que el formulario debe ser presentado en adjuntos en formato PDF, con la opinión del auditor externo impositivo, el informe sobre recomendaciones de aspectos tributarios y los estados financieros auditados. Este último documento deberá ser generado a través del software Hechauka.
Una vez creado el informe, el auditor externo impositivo podrá visualizar los archivos adjuntos al Formulario N° 157 del contribuyente auditado y, luego de realizar las verificaciones, deberá aprobar o rechazar el informe presentado por el contribuyente, como indica la RG N° 116/2017.
Para mayor información, Tributación insta a los contribuyentes a consultar las guías Paso a Paso, disponible en la sección Biblioteca Impositiva / Auditoría Impositiva de la web de la Administración Tributaria.