No se acaba con el desalojo

Tres ocupantes del terreno del Ministerio de Defensa en Villa Hayes ya entregaron las llaves de lo que fueron edificando durante el tiempo en el que se instalaron en el predio que es de propiedad del estado paraguayo.

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Dos de ellos anunciaron que lo hicieron por una decisión moral, para buscar la paz social, según la explicación que daba el abogado de ambos, el exfiscal Juan Claudio Gaona, en una entrevista mantenida esta semana en la 730AM.

El abogado argumentaba que uno de ellos había accedido a un lote a través de un contrato privado firmado con alguien llamado Víctor León, quien le cedió esta ocupación como pago por un vehículo en el año 2011. Sobre el otro caso el abogado dijo no saber cómo su cliente accedió en el 2012 a hacerse con la ocupación.

Gaona nos dijo que también representaba a una tercera persona, y que ésta había optado por otro camino, el de litigar. Y que en ese camino habían hecho tres propuestas, siendo una de ellas la solicitud de restitución de todo lo invertido en la ocupación.

Esto nos llevó inmediatamente a la consulta sobre si es posible reclamarle al Estado la devolución del dinero que alguien haya invertido durante la ocupación de un bien público.

Para el especialista en Derecho Administrativo, Javier Parquet, la respuesta es contundente: No.

El profesional, a quien también entrevistamos en la 730AM, nos recordaba que los bienes públicos tienen un régimen especial y particular, y que en este caso el inmueble invadido es también de dominio privado, por la naturaleza de estar destinado a la gestión propia de la administración del Ministerio de Defensa.

Parquet nos dijo que por ello tampoco correspondía presentar un proyecto de ley de desafectación del inmueble, y que además, al reclamo de restitución por lo invertido debe responderse legalmente con que no se confiere derecho alguno sobre un hecho nulo y que nadie puede reclamar derechos sobre una transacción o usurpación nula.

“Un ocupante no puede reclamar mejoras ni nada por el estilo cuando existe un acto nulo de origen” nos explicaba el reconocido especialista en Derecho Administrativo.

Pero la discusión no acaba solamente en el debate sobre si se da un desalojo y restitución del patrimonio público.

Parquet coincidía en que también otro aspecto relevante es que hubo negligencia y descuido en el manejo de una propiedad del Estado, y que esto debe derivar en una investigación más amplia.

El mismo criterio fue expuesto más ampliamente por el especialista en Derecho Penal, José Casañas Levi.

Para Casañas debe abrirse un proceso penal que no se agote solamente en la invasión del inmueble, ya que los indicios marcan un caso mucho más complejo.

El penalista ejemplificaba que también están las figuras de lesión de confianza o defraudación, para investigar la responsabilidad de todos los ministros de Defensa que deberían haber custodiado el patrimonio a su cargo e iniciado las acciones que hubiesen impedido que desde hace años ocupen y construyan en la finca 916.

Casañas cree que también podría investigarse si hubo una asociación criminal montada para concretar un negociado en perjuicio del Estado, e indagar además sobre posibles delitos ambientales por las construcciones cercanas a cursos de agua, algo que requiere desde hace años la actuación del Ministerio del Ambiente.

Como sea, la discusión no puede acabar solo con el desalojo de quienes están usurpando tierras que pertenecen al ministerio que, como cruel ironía en todo esto, tiene la misión constitucional de defender la integridad territorial del país.

guille@abc.com.py

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