Insólito fallo judicial contra el Estado dispone desocupar parte del Regimiento Escolta Presidencial

Desocupar un inmueble ocupado por el Regimiento Escolta Presidencial y pagar unos G. 2.016 millones por un supuesto “lucro cesante”, dice el insólito fallo judicial contra el Estado Paraguayo. La dependencia militar, a través de la Procuraduría, llegó en 2011 a la Justicia con el fin de regularizar una ocupación de hace 40 años. Sin embargo, como propietario del inmueble apareció el exsenador oviedista Víctor Galeano Perrone, quien revirtió la demanda a su favor.

Uno de los accesos al predio que el exlegislador reclama como suyo, pero  que lo adquirió cuando ya estaba ocupado por las FF.AA.
Uno de los accesos al predio que el exlegislador reclama como suyo, pero que lo adquirió cuando ya estaba ocupado por las FF.AA.Pedro Gonzalez

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Una parte del inmueble en el cual funciona el Regimiento Escolta Presidencial debe ser desocupado en un plazo de 10 días, previo pago de un arrendamiento de G. 72 millones por año desde 1994 (alrededor de G. 2.016 millones al 2023), dice la Sentencia Definitiva N° 914, firmada por la exjueza Julia Rosa Alonso. Esta condena contra el Estado paraguayo se dio luego de que la Procuraduría General de la República (PGR) buscara regularizar la ocupación de un terreno de 942 metros cuadrados, ubicado sobre Acá Verá, entre Odontólogos del Chaco y Mariscal Estigarribia, de Asunción (a pocos metros de General Santos y Mariscal López).

En el reclamo apareció como propietario el exsenador oviedista Víctor Galeano Perrone, quien se interpuso a esas intenciones y logró un fallo a su favor. Lo llamativo es que el exlegislador, conocido por su amistad con el expresidente y actual titular de la ANR, Horacio Cartes, nunca ocupó el terreno y supuestamente lo adquirió cuando este ya era sede del Regimiento Escolta Presidencial.

Regularizar ocupación

El fallo del 20 de noviembre de 2019, al que tuvo acceso nuestro diario, relata que el 21 de marzo de 2011 el entonces procurador delegado Miguel Chaparro, bajo el patrocinio del exprocurador general José Enrique García, recurrió a la Justicia para promover una demanda de usucapión contra Galeano Perrone y así regularizar la ocupación de parte de la sede del Regimiento Escolta Presidencial. El escrito decía que el terreno estaba bajo la posesión pública, pacífica e ininterrumpida de las Fuerzas Armadas de la Nación, desde hace más de treinta años.

Detallaba que en el sector están asentadas la banda militar, el pelotón de transporte, casetas de asiento de combustibles, una carpintería, aserradero de maderas y garitas de ingreso del personal militar. Todas las construcciones datan de hace 30 años, según la demanda presentada entonces.

La Procuraduría igualmente hacía mención de que en el predio se contaba con los servicios básicos de energía eléctrica y agua potable, además de empedrados y pavimentos asfálticos, todos gestionados con los años por las FF.AA.

“Por las condiciones que se presenta, resulta jurídicamente posible la adquisición por la vía usucapión de las Fincas Nos. 7628, 1882 y 3360 del Distrito de San Roque, respectivamente, a favor del Estado Paraguayo, específicamente a nombre del Ministerio de Defensa Nacional, considerando el cumplimiento de tiempo necesario, posesión pública, continua y pacífica” (sic).

Compró ya ocupado

La documentación también menciona que el exsenador oviedista contestó a la demanda y se opuso a las intenciones del Estado. Adujo que compró la propiedad el 5 de diciembre de 1994 de Emy Vitalina Romei Masi.

Galeano Perrone, sin embargo, reconoce que adquirió el inmueble ya ocupado por la dependencia militar. No obstante, afirmó en su escrito que el origen de la posesión de ese terreno por parte de las FF.AA supuestamente “se debió al uso de la fuerza por parte del Regimiento Escolta Presidencial, ya en la época de la dictadura, empleando el uso de las armas. Es decir, el empleo de la fuerza por organismos de las Fuerzas Armadas impidió a que la anterior propietaria pueda reclamar la posesión del inmueble...” (sic), según Galeano Perrone.

Lo llamativo es que al exigir el rechazo de la demanda y la restitución de su terreno, Galeano Perrone también pide indemnización por un supuesto “lucro cesante”. A lo que la Justicia curiosamente le favorece con un monto de arrendamiento universal de G. 6 millones por mes, G. 72 millones por año a partir de la adquisición del terreno por parte del exlegislador. Esto arroja la friolera de G. 2.016 millones que debe pagar el Estado, además de las costas del juicio.

“Quiero recuperar solo mi propiedad”

El exsenador Víctor Galeano Perrone, por su parte, dijo ayer a ABC que en su ánimo nunca estuvo pleitear con el Estado y su objetivo es solo recuperar su propiedad. Reconfirmó que compró el terreno cuando estaba ocupado por la sede militar, pero aseguró que existía solo una construcción precaria. Afirmó que el Estado ahora no puede pretender usucapir, ya que, según él, no está habilitado. Añadió que en todo caso si el Estado cree necesario, debe expropiar y pagar un precio justo por el terreno.

Está en manos de la Corte

El fallo contra el Estado de la exjueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de la Capital Julia Rosa Alonso fue apelado por la Procuraduría General del Estado (PGR). Sin embargo, el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Quinta Sala, integrado por los magistrados Carmelo Castiglioni, Linneo Ynsfrán y Alejandrino Cuevas confirmó la condena mediante el Acuerdo y Sentencia N° 108 del 25 de noviembre de 2021.

El 4 de marzo de 2022, el entonces procurador general de la República, Juan Rafael Caballero, junto con el procurador delegado Iván Rodrigo Pérez, recurrió a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para promover una acción de inconstitucionalidad contra las dos resoluciones judiciales previas contra el Estado y en favor del exsenador oviedista. Este pedido está pendiente de decisión.

En su escrito, la PGR recalca que la propiedad en cuestión registralmente se encuentra desde 1994 a nombre de Víctor Galeano Perrone, pero en estricto derecho “viene siendo ocupada y poseída por el Regimiento Escolta Presidencial hace más de 60 años” (sic).

En cuanto al monto establecido por indemnización por un supuesto “lucro cesante”, la PGR habla de arbitrariedad y dice que en la sentencia de la jueza de primera instancia “se reconoce la inexistencia de pericia económica que pudiera determinar la cuantía del daño” (sic). ABC buscó ayer al actual procurador general Marco Aurelio González para conocer su versión sobre este fallo, además de las futuras acciones desde la PGR. Sin embargo, no atendió nuestras llamadas ni contestó los mensajes.

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