24 de junio de 2026
Mientras el presidente Santiago Peña proclamaba en el feriado en homenaje al dia de la Constitución, que en el Paraguay se vive “... la democracia más vibrante, pluralista y vigorosa de Sudamérica”, la exsenadora Kattya González denunciaba ante la OEA en Panamá lo que aparenta una flagrante violación de nuestra Carta Magna para expulsarla de su cargo. La destitución se realizó a instancias del cartismo, la corriente política dominante del Partido Colorado, en el Gobierno. El Artículo 3 de la Constitución es claro y lapidario: “El gobierno es ejercido por los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial en un sistema de independencia, equilibrio, coordinación y recíproco control”. Sin embargo, la realidad revela un poder político que somete al Legislativo y al Judicial, concentrando un poder que amenaza la esencia republicana.
Bien se sabe que los frecuentes escándalos generados en la administración pública suelen terminar en agua de borrajas (oparei), esto es, en la impunidad lisa y llana, que alienta la comisión de nuevos hechos punibles. El sumario instruido en el órgano afectado, la causa abierta por una Fiscalía y el proceso penal iniciado pueden prolongarse hasta el punto de que el proceso prescriba, debido a la negligencia de los investigadores y/o a las “chicanas” planteadas por la defensa. En este país la justicia no es pronta ni barata, para bien de quienes disponen de cierto poder político y de sus respectivas clientelas. Se tiene la impresión de que el Ministerio Público se abstiene de intervenir no precisamente porque esté recargado de trabajo, sino porque teme disgustar al poder político. Aunque con su inoperancia los organismos traten de ocultar la basura bajo la alfombra, ella sale una y otra vez a la luz, entre otras cosas porque la impunidad tradicional permite a los sinvergüenzas ser tan desembozados.
La Corte Suprema de Justicia no solo se arrodilló ante el poder político de turno. Lo hizo sobre una falsedad fáctica que cualquier estudiante de Derecho de primer año habría detectado en cinco minutos de chequeo. Con seis votos contra tres, la Sala Constitucional Ampliada rechazó la acción de inconstitucionalidad de Kattya González contra su expulsión del Senado. El pilar central de la opinión mayoritaria –redactada por el presidente de la Corte, Alberto Martínez Simón, y seguida por Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y César Diesel– es que la Resolución N° 429/2023 del Senado, que exige treinta votos (dos tercios) para expulsar a un legislador, no estaba vigente el 14 de febrero de 2024. Según los mencionados, esa norma solo entró en vigor al día siguiente de su aprobación en esa misma sesión, es decir, el 15 de febrero. Esa afirmación es falsa. Rotundamente falsa. Y lo es de una manera tan burda que convierte todo el edificio argumental de la mayoría en un castillo de naipes.
Al funesto caso de la emisión de bonos para construir obras de desagüe pluvial bajo la desastrosa gestión del exintendente asunceno Óscar “Nenecho” Rodríguez, se suma ahora el de las diez plazas que debían ser “revitalizadas” con el 10% de lo obtenido con los bonos G6 librados en 2020, por un valor total de 100.000 millones de guaraníes. Estos datos fueron revelados gracias a un reciente pedido de acceso a la información pública hecho por este diario: ni el exinterventor Carlos Pereira ni la Contraloría General de la República se ocuparon en particular del escandaloso asunto. Por lo demás, ni siquiera las direcciones municipales poseen registros, planos ni antecedentes de las obras de “revitalización” previstas. La falta de transparencia, por así llamarla, afectó incluso a las propias dependencias municipales. Conste que la Municipalidad tiene toda una Dirección de Transparencia.
El evidente deterioro de la educación universitaria y la apenas disimulada venta de títulos académicos reflejan la inoperancia del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones), donde están representadas las universidades, que actúan como jueces y partes al habilitar carreras. Según la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Aneaes), solo el 5,1% de los 1.970 programas de posgrado habilitados por el primero cuenta con la acreditación de la Aneaes, una de cuyas funciones, según la ley que la creó en 2003, es “acreditar la calidad académica de las carreras y programas de posgrado que hubiesen sido objeto de evaluaciones externas por la misma Agencia”. En verdad, no solo las “universidades de garaje” han contribuido en buena medida a degradar la educación terciaria, pues el nivel académico de las universidades públicas ha decaído notablemente.
Desde que el Dr. Isaías Fretes asumió la presidencia del Consejo de Administración del IPS, están saliendo a la luz barbaridades administrativas que se suman a las ya conocidas bajo la gestión del Dr. Jorge Brítez, su antecesor. Ahora resulta que, según una auditoría interna realizada en 2025, las sumas adeudadas a la entidad por 59 empresas fueron lisa y llanamente borradas del sistema de aportes obrero-patronales por catorce funcionarios que así presuntamente causaron un daño patrimonial al ente de más de 7.000 millones de guaraníes. También se sabe ahora el presunto provecho particular que habría generado un acuerdo extrajudicial de 2024 entre el IPS y un consorcio hotelero. Cuando se revelan hechos como los referidos, es inevitable presumir que abundan los casos similares que pasan desapercibidos, tanto que el IPS sería una maquinaria bien aceitada para generar ingresos irregulares en sus diversos niveles administrativos.