26 de julio de 2026

La Caja Fiscal acumuló un déficit de G. 1,31 billones en el primer semestre de 2026, según datos del MEF. Los aportes cubrieron poco más de la mitad de los compromisos previsionales. Para el economista Wildo González, el desequilibrio refleja problemas estructurales que no fueron completamente corregidos con la reforma aprobada este año.

La Comisión de Presupuesto de la Cámara Baja dio luz verde a un cambio en la ley de reforma de la Caja Fiscal. Con este dictamen favorable, buscan eliminar la exigencia de 58 años de edad para que los magistrados judiciales accedan al régimen transitorio, aplicando el mismo criterio que ya rige para los docentes.

Tras la promulgación de la Ley 7633/26 de Reforma de la Caja Fiscal ya rigen nuevos parámetros desde este mes de abril: como el incremento del aporte de los beneficiarios de sectores deficitarios. También se computan el aporte estatal y rige la edad mínima para la jubilación, entre otros.

Las inversiones financieras con recursos excedentes de la conocida como Caja Fiscal se inicia en el año 2013, en el marco de la normativa vigente y conforme a criterios de seguridad, liquidez y rentabilidad establecidos para la administración de los fondos previsionales, refiere el reciente Informe de inversiones de los recursos excedentes del Programa Contributivo Civil del Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público – Caja Fiscal, elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Un grupo de militares retirados socializó su contrapropuesta al proyecto de Ley de reforma de la Caja Fiscal, promovido por el Gobierno. Alega que su proyecto fue socializado con el Ministerio de Economía ya en el 2024, pero hasta la fecha no hubo respuestas por parte de la cartera.

Presionado por las movilizaciones a nivel país, el oficialismo de la Cámara Alta se vio obligado a retroceder en su intención de aprobar el proyecto de Ley de Reforma de la Caja de Jubilaciones del Sector Público y analizará otros cambios al proyecto, entre ellos, el de flexibilizar el porcentaje de sustitución del haber jubilatorio.