La DNIT emitió hoy la Resolución General N° 52, por la cual se designa a nuevos contribuyentes como facturadores electrónicos y modificó parcialmente la Resolución General N° 21/2024.
Implementación del Sifen
El comunciado explica que la normativa se enmarca en el plan de implementación progresiva del Sistema Integrado de Facturación Electrónica (Sifen), mediante el cual la DNIT viene incorporando gradualmente a los contribuyentes, avanzando hacia la universalización del uso de documentos tributarios electrónicos.
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La Dirección fiscal refiere que la incorporación progresiva al Sifen fortalece los mecanismos de trazabilidad, autenticidad e integridad de la documentación tributaria, contribuyendo a una mayor eficiencia y transparencia en los procesos fiscales.
Desde noviembre del 2018 hasta la fecha se han emitido más de 2.241 millones de facturas electrónicas y se registran cerca de 37.000 contribuyentes que ya utilizan el servicio electrónico en el país, según datos de la DNIT.
Calendario de implementación
La Resolución General N.º 52 establece seis grupos de contribuyentes que deberán emitir facturas electrónicas conforme a un cronograma definido:
El grupo I iniciará el 01 de junio de 2026. Posteriormente, el grupo II comenzará el 01 de setiembre de 2026, mientras que el grupo III dará inicio el 01 de diciembre de 2026.
Por su parte, el grupo IV iniciará el 02 de marzo de 2027. Luego, el grupo V comenzará el 01 de junio de 2027 y, finalmente, el grupo VI iniciará el 01 de septiembre de 2027.
La DNIT explica en la permisiva que, a partir de la fecha de inicio de cada grupo, la autorización y el timbrado de documentos preimpresos o autoimpresos de los contribuyentes alcanzados por la presente resolución perderán vigencia desde el día siguiente.
La institución afirma que los contribuyentes serán notificados a través del buzón tributario Marandu. Asimismo, explica que la normativa y sus anexos se encuentran disponibles en el sitio web institucional de la DNIT para su consulta.