Con la misma excusa, frecuentemente, la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) evita brindar datos solicitados mediante pedidos de acceso a la información pública. El encargado de la Oficina de Transparencia, Carlos Daniel Vera Mongelós, siempre responde que los solicitantes deben identificarse, conforme al Art. 12 de la Ley 5282/14.
Ese argumento de la EBY, para trabar información ya fue aclarado por el Ministerio de Justicia en setiembre de 2024 con la Circular N° 01/2024.
La entidad rectora señaló en esa ocasión que el portal garantiza que el solicitante se encuentra debidamente identificado ante el Estado paraguayo. Por ello el uso de la opción de protección de datos o confidencialidad, en el momento de solicitar información pública no puede constituir un obstáculo para el trámite de las solicitudes.
A través de la solicitud N° 106032, solicitamos la remisión del reglamento de personal vigente en la actualidad, que rige para el pago de bonificaciones y horas extras. Ante la negatividad bajo la exigencia de una identidad, enviamos un pedido de rectificación, mencionando dicha resolución del Ministerio de Justicia. No obstante, la EBY volvió a responder con evasivas.
“Esta entidad ratifica que el recurrente no ha subsanado en su reconsideración N° 106.032, los lineamientos establecidos en el art. 12° y 13° de la Ley N° 5282/14. Al respecto, se deja constancia que la Circular emitida por el Ministerio de Justicia, trascripta en su reconsideración, constituye una interpretación extensiva no acordada por la Ley”, indicó el mismo funcionario el viernes último.
Los datos que ocultan
En reiteradas ocasiones, la Binacional evitó responder qué roles cumplen sus funcionarios y siempre termina respondiendo que los datos ya están disponibles en el portal. En esa página, solo se encuentra el listado de remuneraciones con las identidades, en formatos que son improcesables. No se informa sobre el cargo que ocupa cada empleado.
En los últimos meses se publicaron las astronómicas cifras de salarios y remuneraciones extraordinarias que reciben los empleados de Yacyretá, quienes incluso duplican sus sueldos solo con las “horas extras”.
Por ejemplo en julio, 11 empleados cobraron más que sus propios salarios en ese concepto. Ese mes, la EBY gastó G. 2.938.613.046 en “horas extras”. En las bonificaciones también se observan cifras que superan incluso los G. 10 millones por persona.
Reglamento está oculto
El encargado de comunicación de la EBY, Eduardo Bado, aseguró que los pagos de bonificaciones y horas extraordinarias se rigen por “el reglamento de personal del 2013”. Ese es el documento que la entidad se niega a proveer a través de la mencionada solicitud de acceso a la información pública.
Según el mismo funcionario, los salarios se dividen por categorías, pero estas no corresponden a cargos o profesiones. Explicó que la asignación de la categoría es una atribución directa de los directores, Luis Benítez (Paraguay) y Diego Luis Adúriz (Argentina).
El único reglamento disponible en la web de la EBY es el Protocolo de Trabajo y Seguridad Social (1976). Según esa normativa, los funcionarios de la EBY están trabajando el doble casi cada mes, o están recibiendo remuneraciones mucho más altas que las establecidas por el protocolo que fue aprobado por los ministerios de Relaciones Exteriores de ambos países.
Las sanciones previstas por ley
El Ministerio de Justicia recordó en la mencionada circular que las Fuentes Públicas están obligadas a dar curso favorable a las solicitudes de información pública, realizadas con uso de la opción de protección de datos o confidencialidad.
Además, advirtió que el artículo 28 de la Ley N° 5282/2014 establece que el incumplimiento de los deberes y obligaciones dispuestos en dicha normativa, por parte de los funcionarios y empleados públicos, será considerado como falta grave. Quienes no cumplen con la normativa son pasibles de responsabilidades administrativas.
Según la ley, las faltas graves pueden ser castigadas con la suspensión del derecho a promoción por el período de un año o suspensión en el cargo sin goce de sueldo de hasta treinta días. Incluso, los funcionarios pueden ser destituidos y tener la inhabilitación para ocupar cargos públicos por 2 a 5 años.
Mitic también validó identidad electrónica
En junio de este año, también el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (Mitic) se posicionó respecto a la utilización de la opción de “Proteger Datos” dentro del portal de Acceso a la Información Pública.
En esa ocasión, la Asesoría Jurídica del Mitic informó, en un extenso dictamen, que la exigencia de identificación ya se encuentra satisfecha con la Identidad Electrónica, “mecanismo que goza de plena validez jurídica”.
Además, hizo énfasis en que la importancia de la ley no radica en conocer quién formula una solicitud, sino en garantizar que la información pública sea efectivamente entregada.