Fiscalía investiga a Jiménez Gaona por lesión y asociación criminal

El Ministerio Público dispuso la apertura de una causa penal para investigar los presuntos hechos de corrupción vinculados a la obra del superviaducto. Además del ministro Ramón Jiménez Gaona, se menciona a otros cinco funcionarios del MOPC.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2004

Cargando...

El fiscal adjunto de Delitos Económicos, Federico Espinosa, emitió la resolución por la cual se dispone la apertura de una causa penal con respeto a la denuncia formulada por el ingeniero Hermann Pankow por la supuesta comisión de los delitos de lesión de confianza y asociación criminal, en el marco de la ejecución del proyecto del superviaducto, según informes recabados ayer. Como sospechosos se señala al ministro Ramón Jiménez Gaona y a otros cinco funcionarios.

La misma resolución designa como fiscal interviniente a José Dos Santos, para la investigación correspondiente. Los funcionarios señalados en la medida del Ministerio Público, y a quienes se refiere en carácter de “sospechosos” integraron el comité de evaluación de la obra. Los mismos son: Dionisio Agustín Mereles, Roberto Carlos Enrique, Esteban Vicente Sarubbi, Juan Manuel Cano y Claudia María de la Paz Centurión.

En el texto de la Fiscalía también se menciona la declaración aprobada en la Cámara de Baja, por la cual los diputados exhortan al Ministerio Público a que realice una investigación penal sobre el caso.

Los indicios

Pankow, diseñador de la obra, presentó la denuncia contra el ministro y los miembros del comité que evaluó y adjudicó la oferta de Isolux Corsan, luego de que apareciera mencionado el superviaducto en una investigación en España, sobre dudosas comisiones que habría pagado Isolux para ser adjudicada.

Según Pankow, las modificaciones que introdujo el MOPC al proyecto que él diseñó abarataron los costos para la contratista.

En el considerando de la resolución de la Fiscalía se menciona que “entre las múltiples irregularidades mencionadas por Pankow existe descripción de ciertos acontecimientos, tales como aquellos relativos a las modificaciones que tuvo el proyecto original y su impacto en la construcción final de la obra. Estas circunstancias a las cuales hace referencia el denunciante, parten precisamente de las modificaciones que el MOPC realizó a algunos ítems con posterioridad a la adjudicación del contrato”.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...