PGN 2018: ¿Incidirá contexto eleccionario durante su tratamiento en el Congreso?

La ley económica más importante de Paraguay es el Presupuesto General de la Nación (PGN). El artículo 5º de la Ley Nº 1535 de Administración Financiera lo define como el instrumento de asignación de recursos financieros para el cumplimiento de las políticas y los objetivos estatales. En la misma normativa se especifica que el PGN constituye la expresión financiera del plan de trabajo anual de los organismos y entidades del Estado, donde se prevén la cantidad y el origen de los ingresos, así como el monto de los gastos autorizados y los mecanismos de financiamiento.

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El PGN 2018 fue elaborado bajo determinados indicadores macroeconómicos como inflación estimada de 4%, crecimiento económico de 3.9% y dólar americano de G. 5.932.

Si bien el proyecto de PGN debe ser presentado en una fecha que tiene como límite el 1 de setiembre, el diseño del mismo arranca meses antes con el decreto de lineamiento general dado a conocer en abril, que representa la base sobre la cual las entidades del Estado deben programar y formular sus anteproyectos para el siguiente año. Tras esto, remiten al Ministerio de Hacienda con fecha límite hasta el 30 de junio, donde la Dirección General de Presupuesto formula y consolida el PGN, que finalmente será el presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional para que se dé inicio al estudio en la instancia legislativa.

Una vez ingresado en el Poder Legislativo, si se conforma la Comisión Bicameral de Presupuesto (CBP), los senadores y diputados que integran el cuerpo legislativo tienen tiempo para analizar y dictaminar sobre el plan de gastos presentado por el Ejecutivo hasta el 30 de octubre. Con el dictamen de la CBP, la Cámara de Diputados cuenta con un plazo de 15 días para estudiar el proyecto de PGN y sancionarlo con modificaciones o no. 

Una vez terminado este proceso, lo remite a la Cámara de Senadores, que tiene el mismo plazo para analizar el plan de gastos, es decir, hasta el 30 de noviembre. 

En caso de aceptar las modificaciones introducidas por la Cámara Baja, el proyecto de PGN pasa directamente al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto. 

Sin embargo, si el Senado rechaza los cambios realizados por Diputados, tiene tiempo para devolver a esta cámara hasta el 10 de diciembre, que a su vez, debe remitir su dictamen al Senado, como fecha límite, hasta el 20 de diciembre.

Cumplido estos procesos, la propuesta del plan de gastos es enviado finalmente al Poder Ejecutivo para su promulgación (una de las alternativas) y entrada en vigencia del PGN.

En el caso de veto o rechazo, la Cámara de Diputados debe contar con una mayoría absoluta (23 votos) para ratificarse en su aprobación, tal como ocurrió por primera vez durante este año, cuando el Ejecutivo decide vetar el PGN 2017 y diputados, con 34 votos a favor de la decisión del Jefe de Estado, permite que el PGN 2016 sea el que entre en vigencia en el actual ejercicio.

El proyecto fue remitido al Senado para aceptar o rechazar la decisión del Ejecutivo, sin embargo, la cámara no pudo sesionar, por lo que el veto fue el que prevaleció.

Cada año, el Congreso Nacional es el centro de interminables pedidos, principalmente de aumentos salariales, que se acrecientan en años preelectorales con el tira y afloja entre los sindicatos y los partidos políticos. 

En este 2017, la historia se repite por lo que el estudio del PGN en años de preelecciones se presenta marcado por intereses político-partidarios, por ende, el análisis se realiza en ambiente de constante incertidumbre.

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