Sancionan ley que prohíbe a parlamentarios ejercer cargos administrativos en universidades

La Cámara de Senadores, en sesión vía teleconferencia, sancionó el proyecto de ley que establece que los ministros de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), además de senadores y parlamentarios no puedan ejercer cargos administrativos -como rector, vicerrector, decano, vicedecano, director general y otros- en universidades o instituciones de educación superior. La normativa pasa ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación.

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El proyecto de ley para modificar el artículo 1° de la Ley N° 5534/15 ‘Que Reglamenta los artículos 196, 2° párrafo, 241 y 254 de la Constitución Nacional” sobre el ejercicio de la docencia e investigación científica por parte de los parlamentarios y miembros de la Corte fue presentado por varios diputados, quedó sancionado este miércoles en la Cámara de Senadores ya que no se obtuvieron los votos necesarios para ratificar el rechazo que dieron en sesión de fecha 12 de septiembre de 2019.

La normativa establece que senadores, diputados y ministros de la CSJ no podrán ser electos, designados, nombrados ni ejercer cargos administrativos en las universidades ni instituciones de educación superior, mientras estén en el ejercicio de sus funciones.

La ley tiene como objetivo evitar que los citados funcionarios públicos perciban doble remuneración del Estado, conforme a lo establecido en la ley. Se hace una diferenciación entre aquellos que ejercen la docencia y perciben un salario por horas cátedras.

Según los diputados, los cargos administrativos en las universidades son incompatibles con las funciones legislativas, porque las mismas requieren una dedicación de tiempo completo y no de forma parcial.

La ley fue aprobada en la versión original, emanada de la Cámara Baja, y pasa el Poder Ejecutivo para su ratificación.

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