Bogado plantea más chicanas para no cumplir condena por el caso de su “niñera de oro”

El ex senador cartista Víctor Bogado, condenado en mayo de 2019 como cómplice de cobro indebido de honorarios en el caso de su “niñera de oro”, recusó ahora a dos integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema para dilatar el estudio de la revisión que solicitó sobre la pena que sigue sin cumplir.

El exsenador Víctor Bogado no quiere donar cada mes los  G. 20 millones  por el plazo de 2 años.
El ex senador cartista Víctor Bogado no quiere donar cada mes los G. 20 millones por el plazo de 2 años.Archivo, ABC Color

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El ministro de la Corte Suprema de Justicia, Manuel Ramírez Candia, y el camarista Gustavo Santander fueron recusados por el ex senador colorado Víctor Bogado. Ambos magistrados integran la Sala Penal de la máxima instancia judicial que debe resolver el recurso extraordinario de revisión que planteó el exlegislador contra dos fallos que confirmaron su leve condena por el caso de la “niñera de oro” Gabriela Quintana.

Las recusaciones planteadas por Bogado son por supuesta parcialidad manifiesta, falta de independencia, haber intervenido anteriormente de cualquier modo, en otra función o en otra instancia en la presente causa y haber emitido opinión o consejo sobre el procedimiento.

El ex parlamentario cartista condenado argumenta que Ramírez Candia y Santander “ya habían intervenido en el recurso extraordinario de casación interpuesto por mi parte en su oportunidad, desechando y desatendiendo peticiones ajustadas a derechos y de orden público, como lo referente a la prescripción, solo por seguir la línea periodista de ABC Color” (sic).

Agrega que ambos magistrados, en distintas ocasiones, han demostrado una “abierta animadversión” contra su persona. Acusa incluso al ministro Ramírez Candia de arengar “hasta con tono amenazante” a magistrados inferiores, a denegar todas sus peticiones e imponerle la condena.

Respecto a Gustavo Santander, el ex legislador colorado alega que la intervención del camarista para resolver el recurso extraordinario de revisión constituye una réplica de su anterior integración de la Sala Penal del máximo tribunal, “absolutamente viciada de nulidad por haber desplazado ilegalmente a la doctora María Carolina Llanes”.

Con esta nueva chicana, Víctor Bogado posterga el tratamiento de la revisión de su condena y, por ende, dilata el cumplimiento de la exigua pena que le fue impuesta el 3 de mayo de 2019 por el tribunal de sentencia integrado por los jueces Elio Rubén Ovelar (presidente), Juan Carlos Zárate y Víctor Medina.

Debe donar G. 480 millones a diez entidades

Bogado está condenado como cómplice de cobro indebido de honorarios de su “niñera de oro”, Gabriela Quintana Venialgo, a la pena privativa de libertad de un año, con suspensión a prueba de la ejecución de la condena.

Para no ir a la cárcel, Bogado tiene la obligación de pagar G. 20 millones mensuales, durante 24 meses, a ser repartidos entre 10 entidades de beneficencia. Sin embargo, desde que se dictó la sentencia, el ex senador cartista ha planteado múltiples chicanas para no cumplir la sanción.

El pasado el miércoles 21 de julio debía llevarse a cabo una audiencia ante la jueza Penal de Ejecución Sandra Silveira, para informar a Bogado de las obligaciones que debe cumplir según había dispuesto el Tribunal de Sentencia en su fallo N° 128 del 3 de mayo de 2019.

Sin embargo, a través de su abogado Óscar Germán Latorre, el ex senador condenado solicitó la suspensión de la audiencia y además planteó la prescripción de la causa.

“La persecución penal tiene un vicio insanable de nulidad, un vicio en la sentencia condenatoria del Tribunal de Sentencia, la SD N° 128 del 3 de mayo de 2019, confirmada por la Cámara de Apelaciones. La defensa sostiene que la Sala Penal de la Corte emitió su resolución el 15 de octubre de 2019, cuatro meses después de haberse operado la prescripción en relación a Bogado, y dos días después en relación a Gabriela Quintana, lo cual hace que sea inejecutable la resolución condenatoria por efecto de la prescripción, lo cual opera de pleno derecho”, argumentó la defensa de Bogado.

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