Bogado chicanea en el caso “niñera de oro” para no donar G. 480 millones a 10 entidades

El exsenador colorado cartista Víctor Alcides Bogado González, a más de 2 años de haber sido sentenciado a 1 año de prisión con suspensión de la ejecución de la condena, sigue chicaneando para no donar G. 480 millones, que deben repartirse a 10 entidades de beneficencia. En el juzgado de ejecución, planteó la prescripción del caso “niñera de oro”.

Audiencia ante la jueza de ejecución Sandra Silveira. Bogado volvió a plantear una chicana para dilatar el pago de G. 480 millones. Fue el miércoles pasado.
Audiencia ante la jueza de ejecución Sandra Silveira. Bogado volvió a plantear una chicana para dilatar el pago de G. 480 millones. Fue el miércoles pasado.

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El exsenador Víctor Bogado volvió a chicanear el miércoles 21 de julio en la audiencia llevada a cabo ante la jueza penal de ejecución Sandra Silveira, en donde el exlegislador debió ser informado de las obligaciones que debe cumplir según había dispuesto el tribunal de sentencia, en su fallo N° 128 del 3 de mayo de 2019.

Bogado debía ser informado en esta audiencia de su obligación de pagar G. 20 millones mensuales durante 24 meses, suma que va a ser repartida entre 10 entidades de beneficencia (ver infografía).

Sin embargo, Bogado a través de su abogado Oscar Germán Latorre solicitó la suspensión de la audiencia y además planteó la prescripción de la causa.

“La persecución penal tiene un vicio insanable de nulidad, un vicio en la sentencia condenatoria del tribunal de sentencia SD N° 128 del 3 de mayo de 2019, confirmada por la Cámara de Apelaciones. La defensa sostiene que la Sala Penal de la Corte emitió su resolución el 15 de octubre de 2019, cuatro meses después de haberse operado la prescripción en relación a Víctor Bogado, y dos días después en relación a Gabriela Quintana, lo cual hace que sea inejecutable la resolución condenatoria por efecto de la prescripción, lo cual opera de pleno derecho”, argumentó Latorre.

Por su parte, la fiscala penal de ejecución Nancy Salomón contestó en la audiencia que se rechace el pedido de suspensión de la audiencia porque las partes, y específicamente el condenado Bogado fueron citados por el Art. 237 del Código de Ejecución Penal (CEP), es decir, al solo efecto de hacer cumplir la lectura de las reglas de conducta.

Posteriormente, la jueza Silveira no hizo lugar el pedido de suspensión de la audiencia porque la sentencia condenatoria se encuentra firme, y por consiguiente consideró dar el trámite establecido en el Art. 237 del CEP, y sobre el pedido de prescripción también dio el trámite correspondiente.

Antecedentes

El 25 de octubre de 2013, el entonces senador Víctor Bogado fue imputado por los fiscales René Fernández, Liliana Alcaraz, Claudia Criscioni y José Dos Santos por los delitos de cobro indebido de honorarios y estafa, al salir a la luz el caso de su “niñera de oro”, Gabriela Quintana, quien en un mismo periodo, figuraba como funcionaria de la Cámara de Diputados y de Itaipú, donde ingresó a pedido del propio Víctor Bogado.

El 24 de abril de 2014, tras meses de investigación, la Fiscalía presenta acusación por los delitos de cobro indebido de honorarios y estafa contra Bogado y Quintana, y solicitó juicio oral.

Recién luego de más de 4 años debido a las innumerables chicanas de las defensas, el 2 de octubre de 2018, la jueza penal de garantías Rosarito Montanía elevó la causa a juicio oral y público.

El 3 de mayo de 2019, el tribunal de sentencia integrado por los jueces Elio Ovelar, Juan Carlos Zárate (con votos por la condena) y Víctor Medina (voto en disidencia por la absolución), declaró culpable a Bogado por el delito de cobro indebido de honorarios y le condenó a 1 año de prisión.

En el juicio oral, la declaración de la diputada Celeste Amarilla, viuda del ingeniero Franklin Boccia, quien en ese entonces era el director de Itaipú, fue clave para responsabilizar a Bogado en el ilícito. La legisladora afirmó que Bogado llamó varias veces al día para pedir la contratación de Gabriela Quintana. “Ella ya cobraba en Diputados y, una vez en Itaipú, su padrino pidió que la recomisionaran”, relató.

Por su parte, el abogado Óscar Germán Latorre, defensor del exsenador, señaló en la audiencia pública que la contratación de Quintana fue responsabilidad de Franklin Boccia y pidió la absolución de su defendido.

El 24 de setiembre de 2019, la Cámara de Apelaciones, integrada con los camaristas Pedro Mayor Martínez, Cristóbal Sánchez y Mirtha González, por unanimidad, confirmó la condena de Bogado y Quintana.

Finalmente, el 15 de octubre de 2019, la Sala Penal de la Corte, integrada por los ministros Manuel Ramírez Candia y Miryam Peña, y el camarista Gustavo Santander, rechazó la casación presentada por los condenados, por unanimidad, y la sentencia quedó firme.

<b>Quintana ya cumplió con obligación</b>

Con relación a la “niñera de oro” Gabriela Quintana Venialgo, según las constancias del expediente, la misma ya cumplió con las obligaciones impuestas por el tribunal de sentencia al momento de ser condenada a 1 año y 6 meses de prisión, con suspensión de la ejecución de la pena a prueba, por el plazo de dos años.

Quintana ya devolvió los G. 71.683.460 que percibió irregularmente como salario de Itaipú, así como los G. 34.579.994, que recibió como indemnización por despido injustificado. También donó G. 2 millones a la Cruz Roja, durante dos años.

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