De manera a adecuarse a lo que exige como requisito la Constitución Nacional para presentarse como candidato a la Fiscalía General del Estado, en sesión extraordinaria el Consejo de la Magistratura (CM) decidió modificar, ante un error material, de lo que disponía el Art. 3° del reglamento de conformación de terna. El proceso es para relevar en el cargo a la actual titular del Ministerio Público Abog. Sandra Quiñónez, quien tendrá su mandato vencido el próximo 10 de marzo de 2023.
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La modificación
El reglamento de conformación de terna que utiliza el Consejo de la Magistratura para el mencionado concurso, en su Artículo 3° dispone textualmente:
“Todo el proceso de convocatoria y selección de candidatos para el cargo de Fiscal General del Estado, se regirá por los siguientes principios: a) Convocatoria abierta: La convocatoria respectiva será abierta a todos los ciudadanos paraguayos naturales que cumplan los requisitos exigidos en la Constitución y en las leyes”; …
Empero, el Art. 267 de la Constitución Nacional dispone que para ser fiscal general del Estado se requiere solamente la nacionalidad paraguaya y como ya se mencionó, en el reglamento de selección para la Fiscalía General del Estado figuraba como exigencia la nacionalidad paraguaya natural.
El error material fue subsanado, y por proposición del ministro de Corte y consejero Eugenio Jiménez Rolón, pidió y fue aceptado por el pleno para excluir del artículo 3° el término “natural”. Entonces, como requisito es que pueden participar del concurso los ciudadanos paraguayos, en general.
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Los postulados para el concurso a la Fiscalía General
Hasta ahora son solamente tres los inscriptos para participar del proceso de conformación de terna para la Fiscalía General del Estado, y ellos son:
1) Los abogados Julio César Godoy (47 años) y 2)Won Suk Choi (39), así como el 3) magistrado Alfredo Barrios Jara (43).
Las inscripciones
El periodo de inscripciones para el concurso de conformación de terna para la Fiscalía General del Estado, convocado por el Edicto N° 7/2022, habilita hasta el 14 de noviembre de 2022 y dispone además que las anotaciones deberán realizarse en el nuevo local del Consejo de la Magistratura y Escuela Judicial, ubicado sobre las calles Tacuary 1597 y Blas Garay (ex Cuarta Proyectada), de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00.
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Requisitos exigidos en el reglamento del CM
Según el artículo 4° del reglamento de conformación de terna para la Fiscalía General, se exigue, de acuerdo a lo que manda el artículo 267 de la Constitución de la República del Paraguay, los cuales serán acreditados de la siguiente forma:
1. Nacionalidad y la edad: por medio del certificado de nacimiento y cédula de identidad civil, será válida la presentación de la constancia digital emitida por el portal Único de Gobierno, en copias autenticadas o los mismos originales.
2. Título universitario de abogado: otorgado por una institución de educación superior paraguaya o extranjera debidamente legalizado o apostillado, reconocido y homologado, con el correspondiente registro realizado por el Ministerio de Educación y Ciencias conforme a las leyes de la República;
3- Notoria honorabilidad: Requisito excluyente, exigido por el artículo 33 de la Ley Nº 296/94; la honorabilidad debe ser pública y notoria, conforme a la evidencia del respeto, consideración y estima que la sociedad o comunidad reconoce en los postulantes, motivados en las cualidades morales y trayectoria profesional. Para considerarla, el Consejo de la Magistratura utilizará los medios establecidos en el presente reglamento o cualquier otro que considere necesario;
4- Experiencia profesional: cinco años como mínimo, en forma efectiva, en tres posibles áreas profesionales: el ejercicio de la abogacía, el ejercicio de la cátedra universitaria en materia jurídica o el ejercicio de la magistratura. Este requisito se cumplirá con cualquiera de las tres actividades, ejercidas en forma conjunta, separada o sucesivamente, por el plazo mínimo de cinco años conforme a lo previsto en el artículo 267 de la Constitución de la República del Paraguay.
A los efectos de computar los cinco años mínimos requeridos de experiencia profesional, el postulante deberá cumplirlo en cualquiera de las actividades descriptas precedentemente de manera independiente.
La antigüedad en el ejercicio de la abogacía: por medio de la fecha de expedición de la matrícula que habilite el ejercicio de la profesión, expedida por la Corte Suprema de Justicia.
La magistratura judicial: por medio del decreto o resolución de nombramiento, computado desde la fecha de juramento.
El ejercicio de la cátedra universitaria en materia jurídica: por medio de la copia de la resolución, constancia expedida por la Institución de Educación Superior (Rector o Decano) o contrato que acredite la antigüedad.
Los consejeros
Son miembros del Consejo de la Magistratura (CM) su presidente Óscar Paciello Samaniego, César Ruffinelli, Pedro Santa Cruz, Jorge Bogarín Alfonso, Roberto Eudez González y Gustavo Miranda Villamayor.
El nuevo miembro del Consejo de la Magistratura Édgar Gustavo Olmedo Silva, representante del Poder Ejecutivo, prestó juramento en la Cámara de Senadores el jueves 27 de octubre.
Olmedo Silva, quien está candidatado para diputado por Caaguazú por el Partido Colorado, participó esta mañana de la sesión extraordinaria y ordinaria de este lunes 31 de octubre de 2022.
Olmedo Silva asumió en el Consejo de la Magistratura en sustitución de la exconsejera Mónica Seifart de Martínez.