El agricultor de nacionalidad brasileña José Carlos Casagrande fue condenado por el Tribunal de Sentencia de Villarrica luego de ser declarado culpable de cometer delitos contra el medio ambiente en el departamento de Guairá.
La sentencia establece una pena de un año y seis meses de prisión con suspensión a prueba, tras comprobarse que el productor realizó plantaciones de soja sin contar con la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) exigida por ley y sin cumplir con las medidas de mitigación correspondientes.
De acuerdo con los antecedentes del caso, Casagrande habría sembrado soja en al menos dos zonas del distrito de Eugenio A. Garay consideradas prohibidas para este tipo de actividad agrícola.
Uno de los hechos se constató en pleno casco urbano de la ciudad, donde una parcela de soja fue cultivada a escasos metros del pozo de agua de una junta de saneamiento, poniendo en riesgo el suministro de agua potable, según la sentencia.
El segundo caso corresponde a otra plantación detectada dentro de la zona de amortiguamiento de la Reserva de Recursos Manejados del Ybytyruzú, un área protegida donde la normativa ambiental prohíbe expresamente las fumigaciones con agroquímicos.
Durante el juicio oral y público, desarrollado en el Palacio de Justicia de Villarrica, declararon vecinos, activistas ambientales y autoridades municipales que impulsaron las denuncias desde el año 2023.
Los testigos coincidieron en que la incursión de cultivos mecanizados con uso de agroquímicos representó un riesgo directo para la salud humana, los recursos hídricos y la biodiversidad de la zona.
Según el Ministerio Público, verificaciones realizadas en 2024 confirmaron la existencia de cultivos avanzados en unas 11 hectáreas, pese a las disposiciones de suspensión y a la vigencia de una ordenanza municipal que prohíbe el uso de agroquímicos en todo el distrito.
La Unidad Penal Especializada de Delitos contra el Medio Ambiente sostuvo en su acusación que Casagrande actuó con pleno conocimiento de la normativa vigente y, aun así, avanzó con la explotación agrícola sin gestionar la Evaluación de Impacto Ambiental requerida.
El caso también estuvo marcado por un intento del productor de continuar con la siembra mediante una acción de amparo judicial, alegando contar con autorización del Ministerio del Ambiente. Sin embargo, el pedido fue rechazado por la Justicia, al considerar que ningún permiso puede contradecir una ordenanza municipal.
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Para los pobladores, la condena representa un precedente importante en la defensa del medio ambiente en la región, frente al avance de monocultivos en zonas urbanas y áreas protegidas. Señalaron que esto condice con el proyecto de convertir a Eugenio Alejandrino Garay en un “distrito ecológico”, iniciativa que deriva de la gran cantidad de recursos naturales y atractivos turísticos como el Cerro Tres Kandú.
“No está en nuestro ánimo, en nuestro deseo que se le prive su libertad a esta persona, de ninguna manera, pero sí que sirva de ejemplo, sobre todo para otros pueblos de todo el país. Existe eso, este atropello a las leyes, porque las leyes protegen, contemplan la protección del medio ambiente, las medidas de mitigación, y eso en su mayoría, por lo menos un 90%, no se cumple en las plantaciones de soja”, declaró Fran Fernández, uno de los denunciantes que acompañó el juicio.
El Tribunal de Sentencia fue presidido por el magistrado Ricardo Gómez e integrado por Heber Chamorro y Cristhian Giménez.
La defensa del agricultor anunció que recurrirá a una apelación, alegando que la Fiscalía sostuvo sus acusaciones en una normativa modificada y derogada.