A criterio del abogado Rodrigo Yódice, en este caso no se respeta el debido proceso debido a que el acta de imputación, a pesar de su extensión, carece de un relato específico, lógico y racional sobre las conductas individuales atribuidas, lo que a su vez genera un estado de indefensión al impedir el ofrecimiento de pruebas útiles y reducir el derecho a la defensa.
El profesional también sostiene de que “claramente” esta causa demuestra una persecución por la línea crítica que lleva el grupo ABC, ya que existiría una “selectividad” hacia empresas vinculadas.
“Únicamente y exclusivamente se plantea acción penal contra una entidad bancaria vinculada al medio periodístico ABC; se demuestra una discriminación totalmente discrecional”, aseguró.
En la fecha, comunicado mediante, el equipo jurídico del Banco Atlas dio a conocer un comunicado respecto a las actuaciones desarrolladas en el marco de la causa N.º 6/2021: Conmebol – Banco Atlas s/ Lavado de Activos”.
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Yódice precisó que más allá de que los hechos que motivaron el procesamiento de los directivos de la entidad bancaria mencionada no constituyen delitos, en principal problema está en que la imputación no contiene una descripción de la conducta atribuida a los imputados.
Imputación, con “52 hojas vacías de un relato racional”
“No es que nosotros estemos disconformes con la redacción del acta de imputación, no es que nos hagamos los desentendidos de que tiene 52 hojas, pero son 52 hojas vacías de un relato racional, analítico, lógico, que nos permita conocer qué es lo que hizo o, en la hipótesis de que se trata de una conducta omisiva, qué es lo que dejó de hacer, estando obligado a hacerlo, tal o cual persona”, explicó.
“Entonces, eso no existe en el acta de imputación: hacer referencia a múltiples operaciones para luego decir se obtuvo un objeto proveniente de un hecho antijurídico sin determinar circunstancias de lugar, tiempo, modo de comisión del hecho, qué es lo que cada persona hizo, cuándo lo hizo, cómo lo hizo, por qué lo hizo, qué es lo que pretendía, qué conocimiento tenía concretamente de que hipotéticamente el objeto provenía de un hecho antijurídico” agregó.
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Como las interrogantes mencionadas no están explicadas en el acta de imputación, el equipo jurídico se vio obligado a presentar distintos recursos con el objeto de subsanar esta falencia.Sin embargo, estos reclamos han sido desatendidos pues tanto para el juez que admitió la imputación como para la Cámara que confirmó su decisión, la mera descripción realizada por el Ministerio Público es suficiente para el inicio de un proceso.
El profesional destacó que los recursos han sido interpuestos en el marco del ejercicio legítimo del derecho de defensa, sin que ello implique conducta dilatoria alguna, sino el planteamiento de objeciones jurídicas fundadas sobre aspectos esenciales del proceso.
Querella del presidente de la Conmebol, con poder inhábil
Otra decisión judicial cuestionada por la defensa es la admisión de la querella presentada por Alejandro Domínguez, en supuesta representación de la Conmebol, entidad que preside.
Al respecto, Yódice precisó que Domínguez carece de poder otorgado en asamblea para ejercer acción penal.“
Si miramos un poco en el año 2017, vemos que para hacer una denuncia penal, la Confederación Sudamericana de Fútbol hizo una asamblea general para la persecución de hechos que en ese momento involucraban a varias personas, pero no se les indicó a nadie en particular. Para hacer una denuncia hicieron una asamblea, una reunión de todas las confederaciones. Para esta acción penal, comparece el actual presidente con el secretario a otorgar un mandato de representación totalmente inhábil para poder perseguir el hecho”, aclaró.
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“(...) el estatuto de la Conmebol que dice que el presidente puede ciertamente otorgar o revocar poderes, pero dice poderes generales, no dice poderes especiales Y para un proceso penal se requiere necesariamente un poder especial, un mandato de representación a ese solo efecto y a la naturaleza de esa acción, pero con una delimitación clara de los hechos que ese mandatario puede eventualmente perseguir”, explicó Yódice.
La imputación presentada por los fiscales Jorge Arce, Verónica Valdez y Francisco Cabrera fue admitida por el juez de Garantías Especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú en octubre pasado y motivó el procesamiento de Miguel Ángel Zaldívar Silvera y José Páez Corvalán,Celio Tunholi, Jorge Vera Trinidad y Eleno Martínez Duarte todos directivos del Banco Atlas.