Con el objetivo de que Gianina García Troche sea beneficiada con arresto domiciliario, sus defensores ofrecieron una fianza real sobre un inmueble de una tercera persona e incluso de tobillera electrónica. Fue durante la audiencia de revisión de medidas realizada el viernes último, ante la jueza penal de Garantías Especializada en Crimen Organizado Rosarito Montanía.
Los abogados Daniel Garcete y Hugo Núñez solicitaron que su defendida, que está procesada por supuesto lavado de activos, pueda cumplir arresto domiciliario en la residencia ubicada en Dr. Ricardo Odriozola N° 555 casi Dr. Luis Migone, del Barrio Manorá, Asunción.
En este lugar, la pareja del supuesto narcotraficante Sebastián Marset estaría bajo control de la comisaría 10°.
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Asimismo, para asegurar el sometimiento de la uruguaya al proceso penal, la defensa ofreció en fianza un inmueble ubicado en Ypané, registrado a nombre de Nelly Contrera González, tasado en poco más G. 600 millones.
En la ocasión, los defensores también hicieron referencia a supuestos hechos nuevos relaciones a una de las empresas investigadas (Summun SA).
El fiscal antidrogas Deny Yoon Pak se opuso a la concesión de la medida sustitutiva de prisión, tras sostener que no se han modificado las circunstancias que motivaron la aplicación de la medida restrictiva de libertad.
Informe de Omdec para el uso de tobillera electrónica, ausente
“En primer lugar, es oportuno mencionar, que si bien la Corte Suprema de Justicia, a través de la Acordada N° 1813, de fecha 30 de julio de 2025, ha resuelto ampliar la aplicación de los dispositivos electrónicos de control en todo el territorio de la República, así como a todos los hechos punibles, dicho estudio requiere de ciertos requisitos, que en el presente caso no fueron cumplidos, ni fueron puestos a disposición de esta magistratura a los efectos de constatar la viabilidad de su aplicación, pues ni siquiera se tiene el informe emitido por la Oficina de Monitoreo de Dispositivos Electrónicos de Control (OMDEC), que es la encargada de informar respecto a la factibilidad o no, de que la procesada Gianina García Troche, pueda ser usuaria de la tobillera electrónica", explica la jueza Montanía.
Respecto a los elementos aportados por la defensa como hechos nuevos, la magistrada afirma que los mismos no tiene la entidad suficiente para ser considerados así, además de resaltar que la discusión respecto a los mismos corresponde a otra etapa procesal.
“Respecto a la caución real ofrecida, consistente en un inmueble con cuenta catastral N° 27-3502-16, del Distrito de Ypane, registrado a nombre de la Sra. Nelly Contrera González, cuya tasación asciende a la suma de Gs. 621.911.000, se advierte, en primer lugar, que dicho documento no cumple con ciertas formalidades propias de una avaluación, o al menos para esta magistratura se encuentra incompleta, puesto que en él ni siquiera figura el titular del inmueble (nombre, número de cédula), como tampoco se describe, que documentos tuvo a la vista al momento de realizar dicho avaluó“, argumentó la jueza.
rosarito
La magistrada también advierte que el inmueble en cuestión ha sido ofrecido como garantía en el marco de otra causa penal, identificada como: “Luis Migdonio Ferreira s/ coacción”, por G. 50.000.000, además de contar con un informe de condición de dominio desactualizado.
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“(...) esta Magistratura entiende, que la caución ofrecida no es suficiente para desacreditar el peligro de fuga, pues para evaluar dicho peligro procesal, se debe sopesar las garantías ofrecidas, sobre el reparo que pueda tener la imputada de perderlo, a cambio de sustraerse del proceso que se le sigue, por lo que reitero, en estas condiciones no existen elementos a favor ni garantías suficientes, que acrediten razonablemente, que con la aplicación de otras medidas menos gravosas, el peligro de fuga, pueda ser evitado”, explica la jueza Montanía.
Incidentes con Gianina García en Viñas Cue también pesaron
Los últimos acontecimientos ocurridos en la cárcel militar de Viñas Cue y que motivaron el traslado de Gianina García a la Pabellón de Máxima Seguridad en el centro penitenciario Martín Mendoza, ubicado en Emboscada, también fueron considerados por la magistrada al momento de rechazar la revisión de medidas.
“En cuanto al peligro de obstrucción, resulta importante recordar, que la fecha de presentación del requerimiento conclusivo, fue fijada para el día 20 de mayo de 2026, por lo que aún existen altas probabilidades de que la imputada destruya o modifique elementos de pruebas, o incluso que influya en testigos o peritos a que informen falsamente sobre los hechos o se comporten de manera desleal, pues ha quedado evidenciado en estos autos, la manera en que la misma ha vulnerado incluso la seguridad del penal, que derivó en el traslado de varios militares y del propio director del Penal de Viñas Cué, por lo que muy por el contrario, esta juzgadora considera, que existen sospechas razonables y objetivas de que la misma fácilmente, podría obstruir el curso de la investigación, por lo que teniendo en cuenta las circunstancias especiales registradas en la presente causa, ésta Magistratura considera que el peligro de obstrucción se encuentra latente”, concluye Montanía.