Elecciones municipales: local nocturno viola ley electoral y vende alcohol a pesar de la prohibición

Un local nocturno ubicado en el microcentro asunceno promocionó a través de sus redes sociales que venderá alcohol a pesar de la prohibición. Foto: ilustrativa.photologica

Un local nocturno ubicado en el microcentro asunceno promocionó a través de sus redes sociales que abriría normalmente tanto el sábado 3 de octubre desde las 19:00 como este domingo 4 de octubre a partir de las 15:30. El problema está en que en ambas jornadas, realizaban promociones de cerveza y otras bebidas destiladas, siendo que está vigente la prohibición de venta de alcohol

En Paraguay, la prohibición de la venta de alcohol durante las elecciones está establecida en el Artículo 195 del Código Electoral (Ley Nº 834/96) desde 12 horas antes del inicio de los comicios y durante toda la jornada electoral. Como los locales de votación se abrieron a las 07:00 horas de este domingo 4 de octubre, la medida rige desde las 19:00 de ayer y se extiende hasta las 19:00 de hoy.

En ese sentido, varios locales nocturnos y de expendio de bebidas, decidieron permanecer cerrados. Otros abrieron pero aclarando que no podían vender alcohol debido a la vigencia de la prohibición. Pero particularmente hubo uno que anunció su apertura durante la noche del sábado incluyendo imágenes de manijas de cerveza en sus publicaciones sin hacer mención directa a las ofertas.

El mismo local anunció que abriría esta tarde a partir de las 15:30 horas pero esta vez si mencionando directamente promociones de cerveza y otros tragos a pesar de que la prohibición se extiende hasta las 19:00.

Lo que dicen los fiscales electorales

Desde la Unidad de delitos electorales del Ministerio Público aclararon que este tipo de infracciones constituyen una falta electoral y no un delito como tal pero no aclararon cuál es el procedimiento que se debe seguir en estos casos.

Faltas electorales el día de las internas partidarias.

Los comercios o personas que infrinjan esta disposición se exponen a multas que van de 50 a 200 jornales mínimos. Es decir, la multa puede ir de los G. 5.853.850 a los G. 23.415.400. No incluyen sanciones como el retiro de la patenta o penas privativas de libertad para los propietarios.

¿Dónde denunciar irregularidades?

De acuerdo con la normativa vigente, los procesos por delitos electorales son sustanciados ante la jurisdicción penal ordinaria. Cualquier persona hábil puede denunciar las irregularidades cometidas, las cuales pueden iniciarse de oficio por las autoridades competentes.

Los comercios que expendan alcohol a pesar de la prohibición se exponen a multas que pueden ir hasta los 23.000.000 de guaraníes.

Para realizar una denuncia, los ciudadanos deben acudir a las unidades del Ministerio Público o ante los juzgados penales correspondientes, especialmente cuando se trata de hechos que vulneran el normal desarrollo del acto eleccionario.

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