Contrato civil entre personas del mismo sexo: el debate sobre si existe un vacío legal real

El diputado Jatar Fernández y el pastor Miguel Ortigoza durante el programa En Detalles.

Un pastor provida sostiene que los bienes de parejas del mismo sexo pueden protegerse con testamentos y sociedades. Jatar Fernández insiste en una ley.

La propuesta del diputado cartista Jatar “Oso” Fernández de crear un contrato civil entre personas, incluso del mismo sexo, ya tiene el debate más importante: si hace falta una ley o si el ordenamiento actual alcanza. Una discusión con el pastor evangélico Miguel Ortigoza, vocero de grupos provida y profamilia, dejó a la vista los argumentos de ambas partes y varios puntos sin resolver.

Un coincidente inesperado

Ortigoza rechaza la iniciativa, pero reconoció un punto clave. Según los abogados que consultó, los derechos patrimoniales de una pareja pueden resguardarse con testamentos, transferencias en vida a nombre del compañero o sociedades como una SA o una SRL. “El Estado no debe meterse ahí”, afirmó, porque se trata de un acuerdo privado.

El planteamiento le quita fuerza a una de las razones de la propuesta. Si esos mecanismos funcionan, el contrato civil parecería innecesario para proteger bienes. El propio pastor admitió un límite: si uno de los integrantes muere de forma inesperada, antes de planificar nada, “estamos fritos”.

El “vacío” que alega el diputado

Fernández sostiene que ese límite es justamente el problema. Dijo que las parejas homosexuales no pueden desenvolverse “administrativa ni jurídicamente” y que la ley deja espacio a reclamos de parientes lejanos en los casos sucesorios. A su juicio, la figura daría “tranquilidad jurídica”, sin que se reconozca derecho alguno que no exista para los demás.

Queda sin responder si ese vacío es tan amplio como dice o si basta con usar las vías existentes. Tampoco se informó si hay cifras o casos documentados que lo respalden.

Dos lecturas de la Constitución

La discrepancia más fuerte es política y jurídica. Fernández asegura que su proyecto no cambia la figura del matrimonio ni constituye a estas parejas en familia. Ortigoza, en cambio, invocó el artículo 54 de la Constitución (protección del niño) y sostuvo que la familia debe formarse por hombre y mujer.

El marco vigente es restrictivo. El Código Civil prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo, y la Constitución reconoce las uniones de hecho solo entre personas de distinto sexo. Un contrato entre privados no sería un matrimonio ni una unión de hecho, pero su encaje exacto dependerá del texto, que no se detalló en el debate.

Adopción: el punto de mayor choque

Preguntado si la figura abriría la puerta a la adopción o a una “familia redefinida”, Fernández respondió: “Nunca”. Ortigoza dijo lo contrario. Para él, “ya se dio un primer paso” y el siguiente sería formalizar socialmente la unión, que la prensa llamaría “casamiento”, y luego pedir adopciones.

Se trata de una proyección, sin base en el texto del proyecto, que fue presentada como advertencia basada en lo ocurrido en otros países. Ninguno de los dos aportó el articulado que permita contrastar sus posturas.

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