En el proceso abierto por narcotráfico tras la incautación de 74 kilos de cocaína el mes pasado en Luque, el juez penal de garantías especializado en Crimen Organizado Gustavo Amarilla dispuso, a través del AI N° 322, el secuestro de un automóvil Toyota Allion plateado, con matrícula AALC 523, y una camioneta Ssangyong Rexton, año 2005, plateado, con matrícula BTO 018. Ambos rodados están registrados a nombre de otras personas, cuyas identidades se omiten por cuestiones de la investigación penal.
El magistrado ordenó además las medidas cautelares de prohibición de innovar y contratar, además dio intervención a la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico), a modo de conservar el valor de los bienes muebles incautados.
El fiscal Guillermo Javier Sanabria Centurión, acompañado de agentes de la Unidad de Inteligencia Sensible Antinarcóticos (S.I.U.) y de la Agrupación de Fuerza de Operaciones Policiales Especiales (FOPE) de la Policía, incautaron varios ladrillos de cocaína en el allanamiento a una casa en el barrio Itapuamí II de Luque, el pasado 16 de setiembre.
En la ocasión fueron detenidos Christhian Gabriel Paciello Lacasa, Arnaldo Acosta Cristaldo, Jonathan Gabriel Benítez López, Diego Javier González, todos ellos paraguayos, y un ciudadano boliviano Jorge Luis López Arroyo. En su poder tenían 73,973 kilos de cocaína, además de armas de fuego y dos vehículos cuyo secuestro dispuso ahora el juzgado.
Los cinco fueron imputados por los hechos de tráfico de sustancias ilícitas, tenencia sin autorización, además de comercialización y asociación criminal.
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Rechazo a incidentes de imputados por narcotráfico
En la misma causa, el juez Amarilla, a través de sus autos interlocutorios N° 319, 320 y 321, relacionados a Diego Javier González, Arnaldo Acosta Cristaldo y Christhian Gabriel Paciello Lacasa, respectivamente, rechazó los incidentes de nulidad con apelación en subsidio planteados durante la audiencia de imposición de medidas por sus abogados defensores contra la imputación del fiscal Guillermo Sanabria.
Las defensas solicitaron la anulación de la imputación debido a que la misma contiene “vicios legales insaneables”, según indicaron, alegando que no tuvieron acceso a datos recabados por el Ministerio Público y tampoco fueron informadas de resolución o interlocutorio alguno en cuanto a la reserva de actuaciones.
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Sin embargo, el agente de la Fiscalía señaló que cada uno de los incoados ejerció su derecho a la defensa a través de la audiencia indagatoria, con sus respectivos abogados defensores, ocasión en la que se les hizo saber los elementos con los que cuenta el Ministerio Público. Es más, añade el fiscal, todos fueron detenidos durante un allanamiento en el que se halló droga.
A todo eso se suma, que el Ministerio Público efectivamente solicitó el 19 de setiembre pasado la reserva de actuaciones, fundado en el artículo 323 del Código Procesal Penal, la cual le fue concedida por el juez ese mismo día, ante la complejidad de la investigación.
Por último, Amarilla también señaló a las defensas que, durante la audiencia de imposición de medidas, “si bien pueden incidentar el acta de imputación lo que el juzgado resuelve es la imposición o no de medidas cautelares que aseguren el sometimiento del imputado al proceso penal”, además apuntó a que el acta de imputación fiscal cumple con todos los requisitos establecidos en la ley.