En comunicación con ABC Cardinal este martes, el abogado Juan Pablo Irrazábal calificó como “muy grave” la noción de que la Policía Nacional pudo haber intervenido conversaciones en grupos de redes sociales relacionados a la marcha contra la corrupción realizada el pasado domingo bajo la denominación “Generación Z” e incluso haber solicitado registros telefónicos y de mensajes de personas específicas.
Luego de la marcha del pasado domingo en el centro de Asunción, tras la cual la Policía demoró a unas 30 personas por supuestos hechos de “vandalismo” - los aprehendidos fueron liberados ayer lunes – trascendió en redes sociales información de que la Policía supuestamente monitoreaba conversaciones en redes sociales y en grupos de mensajería como WhatsApp, Telegram o Discord presuntamente asociados a la organización de la marcha del domingo.
Un supuesto documento de la Policía difundido en redes sociales sugiere solicitar a empresas de telefonía datos sobre personas y números de teléfono específicos - incluyendo extractos de llamadas y mensajes de texto de los últimos tres meses – e indica que se extrajeron registros de chats de Discord de un grupo denominado “Generación Z Paraguay”.
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El comandante de la Policía Nacional, comisario Carlos Benítez, negó hoy en conversación con ABC Cardinal que la Policía haya hecho un trabajo encubierto de inteligencia infiltrando agentes en los grupos o que se hayan interceptado comunicaciones o mensajes privados y dijo que capturas de pantalla de conversaciones fueron remitidas a la Policía por ciudadanos “preocupados” por la “narrativa violenta” y supuestas amenazas de hechos punibles que presuntamente se realizaban en esos grupos antes de la marcha.
Inconstitucionalidad
Irrazábal opinó que es grave que el Estado tenga injerencia en conversaciones de sus ciudadanos, hayan tenido o no lugar estas en grupos de acceso público.
“La pregunta es por qué el Estado estaba ahí”, insistió el abogado. “Hay que entender que el Estado entró a buscar algo en específico y lo encontró porque en un grupo de más de mil personas uno no puede controlar lo que todos dicen, algunos van a salir con ideas delirantes”.
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Señaló que el artículo 36 de la Constitución Nacional establece la inviolabilidad del patrimonio documental de sus ciudadanos, por lo que, si la Policía descargó los registros de conversaciones de grupos en plataformas como Discord, eso puede considerarse inconstitucional.
Añadió que las capturas de pantalla a las que hace referencia la Policía “no sirven para nada en un juicio” si no están autenticadas por un escribano o un juzgado.
¿Incitación y apología?
Irrazábal comentó también sobre las alusiones hechas por la Policía a supuestos delitos como la incitación a cometer delitos o la apología al delito con relación a la marcha.
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“La incitación al delito se consuma recién cuando el instigador logró el convencimiento en otra persona o personas para realizar un hecho punible en concreto”, explicó. “Si yo digo que vamos a quemar el Congreso y nadie (en el grupo) me sigue la corriente, no hay incitación, no hay delito”. Agregó que el delito de apología exige “alabar un hecho ya consumado”.