Otro fracaso del cartismo y falsear DD.JJ. seguirá siendo punible

Fachada de la Contraloría General de la República.Archivo, ABC Color

La Cámara de Senadores aceptó el veto parcial del Ejecutivo y promulgó la parte no objetada del proyecto de modificación de la Ley que regula la Contraloría General del República, que pretendía despenalizar las declaraciones juradas con contenido falso o con omisiones dolosas. Por otra parte, queda promulgada la eliminación de obligación de empresas privadas oferentes del Estado a presentar DD.JJ. para presentarse a licitaciones y que las declaraciones sean públicas sin necesidad de accionar judicialmente.

Otra derrota dura para el cartismo se produjo en menos de 24 horas, ya que hoy la Cámara de Senadores enterró definitivamente la intención de despenalizar las rectificaciones de declaraciones juradas para cubrir omisiones que hayan sido adrede. En Cámara de Diputados, el cartismo y sus aliados habían pervertido la intención original de Contraloría.

Si bien el Congreso había sancionado la versión que despenalizaba estos “olvidos”, el Ejecutivo había vetado parcialmente el proyecto, objetando puntualmente las modificaciones del artículo 14.

Con esto, se mantiene el artículo original que establece que “si surgían indicios de que la omisión o error fuere con dolo imputable al denunciante, la Contraloría General de la República denunciará este hecho al Ministerio Público o a la autoridad jurisdiccional competente”.

Esto no implica que todo error en las DD.JJ. será punible, sino solo aquellos que representen una omisión muy alevosa. Además, cada funcionario tendrá 30 días hábiles para presentar una rectificación en el caso de algún error.

Lo que se seguirá castigando son casos como el del expresidente Horacio Cartes, quien no declaró su empresa offshore en Panamá, Dominicana Acquisition, hasta que fue descubierta por la investigación periodística internacional “Pandora Papers”.

FInalmente DD.JJ. será públicas automáticamente

Otras novedad relevante con esta ley es que se ahora ya no se deberá recurrir a la justicia para acceder a las declaraciones juradas de funcionarios públicos. Con la vigencia de esta Ley, la publicación debe ser automática en carácter de información pública abierta.

Por otra parte, también se elimina la obligación de empresas privadas (nacionales o extranjeras) de presentar declaraciones juradas para ser oferentes del Estado. Este era un requerimiento que se había planteado dentro de la “Ley Petropar”, sobre todo por parte de gremios camioneros.

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