Una serie de resoluciones del Instituto de Previsión Social (IPS) a las cuales tuvo acceso ABC revela un esquema por el cual se “agilizan” pagos a proveedores usando de manera discrecional el rubro 915 “gastos judiciales”. Los documentos –que sugestivamente no aparecen en el portal web de la institución– muestran cómo la Dirección Jurídica, a cargo de José “José’i” González Maldonado, recomienda al Consejo de Administración, presidido por Jorge Brítez, de manera necesaria formalizar “acuerdos extrajudiciales” para el desembolso de millonarios fondos por servicios que carecen de cobertura contractual, es decir, fuera de la vigencia del contrato.
Un ejemplo claro es la Resolución N° 88-047/2024 del 22 de octubre de 2024. A través de ese documento se aprobó la homologación vía resolución judicial de un “acuerdo extrajudicial” con la empresa Potî, representada por Alberto Palumbo, para el pago de G. 22.520 millones por servicios prestados fuera de la vigencia de contrato.
El dictamen, firmado por José González Maldonado y la jefa de Dictámenes y Contratos, Jorgelina Gómez de la Fuente, argumentaba que era necesario formalizar un acuerdo extrajudicial entre partes a fin de que se reúna “el formalismo necesario” para su imputación al objeto de gasto 915 “gastos judiciales”. Párrafo siguiente, esa misma área ya informaba sobre la disponibilidad inmediata en ese rubro de G. 4.500 millones para un primer desembolso a la empresa en cuestión.
Bajo una redacción casi idéntica, la Resolución N° 042-009/2025 del 3 de julio de 2025, benefició al Consorcio Central, representado por Mariela Carolina Molas. En este caso, se autorizaron G. 10.726 millones por servicios fuera de contrato, de los cuales G. 6.900 millones ya estaban listos para ser transferidos al momento de la firma.
Pisoteo al MEF
El punto más crítico radica en la abierta contradicción a las recomendaciones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). En los dictámenes firmados por González Maldonado y Gómez de la Fuente, el IPS cita el Dictamen N° 18/2023 del MEF, el cual establece taxativamente que “el IPS, deberá realizar los procedimientos administrativos y jurisdiccionales ante las instancias correspondientes, según sea el caso, para la homologación del acuerdo transaccional con las contratistas proveedores de servicios, a través de Sentencia Judicial (firme y ejecutoriada) para el posterior pago en concepto de prestaciones de servicios varios, que podrá ser ejecutado con el Objeto de Gasto N° 915 Gastos Judiciales...”. Es decir, para usar el rubro de “Gastos Judiciales”, debe existir una sentencia judicial firme y ejecutoriada.
Sin embargo, la Dirección Jurídica del IPS sostiene en sus análisis que la homologación judicial del acuerdo “no es de carácter obligatorio” y que el Consejo de Administración tiene la facultad de “obviar este acuerdo si así lo considera” con el fin de agilizar los trámites.
Esta postura ignora la barrera de control impuesta por el MEF, que exige agotar instancias ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y obtener una orden judicial definitiva antes de tocar los fondos. El Consejo, finalmente, resolvió homologar judicialmente los acuerdos, pero no especificó formas de pago y condicionó los saldos solo a la “disponibilidad presupuestaria” del rubro 915 “Gastos Judiciales”, a cargo de la misma oficina jurídica que impulsa el esquema.
ABC intentó de manera insistente en los últimos días obtener la versión del director jurídico del IPS, José González, sobre este y otros temas. Sin embargo, el mismo se mostró reacio para atender las llamadas, simplemente contestaba con “Cualquier consulta por escrito” (sic).
Acuerdos por G. 64.032 millones
ABC logró acceder a resoluciones del Consejo de Administración del Instituto de Previsión Social donde se aprobaron acuerdos extrajudiciales por un monto global de G. 64.032 millones (alrededor de US$ 10 millones a la cotización actual). Sin embargo, según los datos extraoficiales, la cifra sería mayor superando incluso los G. 103.538 millones (unos US$ 16 millones).
Las disposiciones por las cuales se aprobaron los acuerdos no están publicadas en la página web de la previsional. Es decir, están ocultas para la ciudadanía.
El clasificador presupuestario del ejercicio 2026 define el rubro 915 “Gastos Judiciales” como los pagos de gastos inherentes a juicios en que los Organismos y Entidades del Estado son partes litigantes. Comprenden el monto del objeto de la demanda o del juicio, las costas judiciales, impuestos, tasas, gastos causídicos, honorarios profesionales, pago de salarios caídos a exfuncionarios o empleados y/o personal contratado, y pago de salarios pendientes de cobro a herederos de funcionarios fallecidos conforme a sentencia declaratoria de herederos, transferencias al sector privado en cumplimiento de órdenes judiciales para adquisición de insumos y medicamentos y demás gastos judiciales ordenados por resoluciones y sentencias firmes y ejecutoriadas de los juzgados y tribunales nacionales.
Incluyen los gastos judiciales, extrajudiciales, arbitrales o convencionales, homologaciones, que comprende el monto del objeto de la demanda costas judiciales o gastos convencionales, impuestos, tasas, honorarios profesionales y otros gastos causídicos originados en juzgados y tribunales extranjeros o acuerdos convencionales extrajudiciales.
Además, incluyen el pago al funcionario que funge de Juez Instructor por gastos de diligenciamiento de proceso sumario administrativo, seguido en los Organismos y Entidades del Estado.
Triplicó patrimonio en 15 meses
El director jurídico del IPS, José González Maldonado, declaró un vertiginoso crecimiento patrimonial ante la Contraloría General de la República (CGR). Según el comparativo de sus DD.JJ., de G. 276 millones de patrimonio neto, declarado el 21 de setiembre de 2023, al llegar a la previsional subió a G. 870 millones, el 26 de febrero de 2025.
Los documentos revelaban que el principal incremento de patrimonio del alto funcionario era sustentado en el cobro de honorarios profesionales, por G. 412 millones, y construcción de un quincho con piscina, por G. 100 millones. También para octubre de 2025 ya declaró un CDA, por G. 100 millones, en el banco Ueno.
Igualmente aparecía el significativo crecimiento en el manejo de dinero en efectivo. De G. 1.800.000 en 2023 subió a G. 215 millones a inicios de 2025, además de que sus cuentas de ahorro pasaron de G. 3,4 millones a G. 79 millones.
En cuanto a honorarios, González Maldonado afirmó que era por un “acuerdo extrajudicial” con el Consorcio Sudamericano Hotelero SA (Jorge López Moreira), que de una deuda de G. 10.781 millones con la previsional se le redujo a G. 7.500 millones, sobre el cual se estableció el pago del 5% de honorarios a los abogados (G. 412.500.000 IVA incluido).
Aunque González Maldonado declaró los G. 412.500.000 a la CGR y facturó ante la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) como un ingreso exclusivo suyo, terminó por reconocer que la cifra repartió entre otros tres profesionales. Sin embargo, mintió nuevamente debido a que el expediente judicial al cual tuvo acceso nuestro diario reveló la intervención en realidad de al menos OCHO profesionales (incluido él mismo y un oficial de justicia). A esto se suma la sospechosa triangulación para el cobro.
La CGR anunció el martes último el inicio de un examen de correspondencia a los bienes del director jurídico del IPS. Por su parte, el decano de la Facultad de Derecho remitió al Tribunal de Ética el caso de José González Maldonado, quien es también docente de esa casa de estudios.