Acuerdo que pretendía Zenaida Delgado la comprometía a pagar los préstamos de las funcionarias

Zenaida Delgado responde preguntas de la prensa en la entrada del estudio jurídico de Óscar Tuma.Captura de pantalla

Óscar Tuma, abogado de Zenaida Delgado publicó en sus redes sociales los documentos por los cuales la senadora intentó llegar a un acuerdo con las funcionarias que denunciaron los pedidos de “peajes salariales”. Los mismos buscaban establecer un “cierre de controversias y finiquito recíproco” y un acta de compromiso para el pago de obligaciones crediticias.

El documento establecía en principio que la senadora Zenaida Delgado, su expareja Gustavo Vera y las funcionarias parlamentarias, Leonarda Vera Santander, Lorena Gauto y Lidia González suscribieran un Acuerdo de Cierre de Controversias y Finiquito Recíproco, además de un acta de compromiso financiero que ponía fin a “disputas públicas vinculadas a supuestos cobros y puestos en el Congreso”.

Cierre de Controversias y Finiquito Recíproco

El documento pretendía establecer que las partes decidían dar “punto final a sus diferencias personales y a la confrontación derivada de las acusaciones sobre presuntos cobros vinculados con cargos del Congreso y de las manifestaciones recíprocas” que salieron a la luz pública a partir del 26 de octubre de 2026.

Zenaida Delgado y Óscar Tuma a la entrada del estudio jurídico de este.

En la misma línea, el documento aclaraba que este pacto no extingue investigaciones fiscales ni actuaciones parlamentarias o administrativas en curso, limitándose estrictamente al ámbito de las controversias particulares entre los potenciales firmantes.

“El acuerdo no extingue investigaciones fiscales ni actuaciones parlamentarias o administrativas, ni importa admitir responsabilidad o declarar falsas las acusaciones. Las partes lo celebran libremente, sin coacción, con oportunidad de asesoramiento independiente. Si existen derechos civiles ya litigiosos, presentarán el acuerdo ante el juez de la causa con las formalidades que correspondan”, reza el quinto punto del documento.

acuerdo Zenaida Delgado

Asimismo, si llegaban a firmar, se comprometían a mantener un trato respetuoso y a no condicionar ninguna obligación futura a testimonios o decisiones sobre empleos públicos. “El acuerdo no exige silencio, retractaciones ni alterar versiones; tampoco impide declaraciones veraces, aportar o preservar pruebas, denunciar hechos de acción pública o colaborar con las autoridades. Ninguna obligación se condiciona al contenido de testimonios ni a decisiones sobre empleos públicos”, decía en el cuarto punto.

Compromiso de deudas crediticias

Mediante un segundo documento, la propia Zenaida Delgado se comprometía a cubrir tres préstamos contraídos por las funcionarias. De estos tres, en uno consta que la senadora es codeudora.

Estos préstamos son:

a) Crédito del Banco Nacional de Fomento (BNF), a nombre de LEONARDA VERA SANTANDER. Conforme a la liquidación con fecha base 02/04/2025, constan capital de G. 37.613.934, intereses de G. 662.946, IVA de G. 66.295 y total de G. 38.343.175. El documento incluye cronograma de cuotas hasta 2028 y no constituye certificación de saldo vigente a la firma.

b) Crédito del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Legislativo, a nombre de LEONARDA VERA SANTANDER, otorgado el 21/04/2026, por capital original de G. 22.500.000, plazo de 24 meses y tasa del 17 % anual. Según estado de cuenta del 21/10/2026: saldo de capital G. 17.565.914 y saldo total informado G. 20.269.937. En dicho estado figura como codeudora ZENAIDA CONCEPCIÓN DELGADO BENÍTEZ.

acuerdo Zenaida Delgado

c) Crédito del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Legislativo, a nombre de LORENA ELIZABETH GAUTO DOMÍNGUEZ, otorgado el 12/05/2026, por capital original de G. 15.000.000, plazo de 18 meses y tasa del 17 % anual. Según estado de cuenta del 21/10/2026: saldo de capital G. 10.415.595 y saldo total informado G. 11.497.805. Figura como codeudora SERGIA ENCINA VERA.

Sobre esta propuesta de compromiso, Tuma aclaró en el mismo post que esto no significa que su clienta admita que ella exigió a las mismas esos montos para acceder a cargos, promociones ni similares. “El acta crediticia, contiene un compromiso personal de pago de determinados préstamos que son públicos. No afirma que la senadora haya recibido sus desembolsos, exigido dinero por cargos o condicionado la permanencia laboral de las funcionarias”, tuiteó Tuma.

“El propio documento identifica a la senadora como codeudora de uno de los préstamos ante la Caja Legislativa. Ese compromiso ya existe en su vinculación crediticia previa. Atender una deuda respecto de la cual ya figura como obligada no demuestra, por sí solo, que haya recibido el dinero como contraprestación por un nombramiento”, añadió.

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