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Finalmente, la Ley 5414/15 de Promoción de la disminución del uso de plástico polietileno entrará en vigencia en el país desde el 1 de julio de este año. La normativa apunta a regular el empleo de bolsas de polietileno (hule) de un solo uso por bolsas confeccionadas con materiales biodegradables alternativos no contaminantes y reutilizables, siempre que se cuenten con certificación del Organismo Nacional de Certificación (ONC) del Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN).
Supermercados, autoservicios, góndolas de mercados municipales y privados, almacenes y comercios en general (minoristas y mayoristas) deberán acatar lo establecido, de lo contrario, se exponen a fuertes multas de entre 10 y 500 jornales mínimos.
Desde el próximo mes, los clientes tendrán varios caminos en este sentido: por un lado, contarán con la opción de adquirir –del establecimiento– la bolsa de polietileno reutilizable (que es más gruesa), reciclable o biodegradable, o bien, deben llevar sus propios bolsos, ya sea de tela, tnt, rafia u otro material para la carga de sus productos.
Sin embargo, las bolsas de plástico de un solo uso podrán seguir utilizándose solo en aquellas cuestiones de índole sanitaria o de inocuidad (seguridad alimentaria), para envolver/contener alimentos frescos y/o húmedos como carnes y verduras, según lo establece el artículo 9 de la flamante y postergada ley.
Periodo de adaptación
Actualmente y desde hace cuatro años, los comercios pueden cobrar por las bolsas de polietileno de un solo uso, tal como lo establece la Resolución N° 353/2017, a partir de la cuarta bolsa, en la siguiente escala: bolsa pequeña, G. 100; mediana, G. 150; grande, G. 200 y extra grande, G. 250.
En tanto, ya se cuentan con las pautas para producir los costales de polietileno reutilizables, certificados por el ONC bajo la Norma Paraguaya de Bolsas Reutilizables. De hecho, algunos establecimientos ya están ofreciendo este tipo de envoltorio. No obstante, se continúa trabajando en la norma para la producción y certificación de las bolsas biodegradables y compostables.
Respecto a cuánto le costarán al consumidor las bolsas de polietileno reutilizables o las eco friendly, estas aún no fueron dadas a conocer y se ve la posibilidad de establecer precios referenciales vía resolución ministerial.
Algunos puntos
Los comercios que emplean otro tipo de depósito final de mercaderías (como cajas de cartón) lo podrán seguir haciendo, siempre y cuando sean reutilizable o reciclable. Además, cada establecimiento ya deberá trabajar en cómo implementará el uso de las bolsas. Por ejemplo, si ingreso a un supermercado, me deberán indicar si podré desplazarme con el bolso dentro de las instalaciones, o bien, debo dejar en un sector específico y luego acercar a la caja.
Los comercios no pueden negar al cliente el ingreso de un bolso que lleve otro logo. Este tipo de incidentes relacionado al acceso puede ser denunciado ante la Secretaría de Defensa de Consumidor. En cuanto a la fiscalización, el cumplimiento de la ley y ejecución de sanciones estarán a cargo del Ministerio de Industria y Comercio (MIC).
En la actualidad, existen aproximadamente 40 empresas fabricantes de bolsas de polietileno de un solo uso, estando la mayoría en condiciones de elaborar las de polietileno reutilizables certificadas, habiendo actualmente cuatro empresas certificadas y nueve en proceso de certificación por el INTN. Asimismo, algunas firmas ya producen las bolsas biodegradables y están en la espera de la norma y certificación pertinentes, según los datos proporcionados por el Ministerio de Industria y Comercio, Viceministerio de Comercio y Dirección General de Comercio Interior.
Pasarán a ser historia
La normativa, cuya entrada en vigencia viene dilatándose, entra a regir en nuestro país con ánimo de dar respuesta a los diversos problemas que ocasiona la mala utilización (bajo la cultura de usar y tirar) de las bolsas desechables de plástico polietileno al medio ambiente y, en consecuencia, a la calidad de vida de las personas. Desde este mes de junio se anuncia una campaña de concienciación a comerciantes y consumidores sobre la ley y su alcance.
Es de destacar que la Cámara de Apelaciones dio curso a un amparo presentado por un grupo y hasta emplazó al MIC al cumplimiento de la dilatada ley en el 2020. Sin embargo, el ente acudió al Ejecutivo y pidió una prórroga para su implementación. Es así que en octubre del año pasado se resolvió que mientras durase la ley de emergencia sanitaria no estaría vigente y por ello entra ya a regir en julio de este año.
[el dato]
Las multas para los comercios que incumplan la ley van de 10 a 500 jornales, es decir, de G. 840.340 hasta G. 42.170.000.