Nociones del Derecho Penal al paso del karaguataty

Hay que leer al menos un libro completo para ser fiscal en lo Penal.

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Hoy, el requisito para acceder a tan delicado cargo está marcado por el carnet partidario, la pertenencia a una logia, la fidelidad a un grupo de poder etc., salvo minoritarias excepciones, nos ha invadido un yuyal tupido e impenetrable de fiscales que se dedican a bastardear el derecho con total impunidad: persiguiendo inocentes, inventando procesos penales, siguiéndoles el juego a denunciantes irresponsables, vendiendo imputaciones y sobreseimientos.

Algunos dirán: Chocolate por la noticia!. Sin embargo, son temas que, como sociedad, tenemos la obligación de desnudar e intentar mediante el debate, las manifestaciones y el apostolado académico, introducir cambios estructurales que hagan funcionar las instituciones.

Dice Bacigalupo (si al menos a él lo leyeran los fiscales) que “El derecho penal forma parte de los mecanismos sociales que tienen por finalidad obtener determinados comportamientos individuales en la vida social. En ese sentido, el derecho penal comparte su tarea con la ética y la moral aunque –como veremos– no puede identificarse con estas… En resumen, cabe señalar que el derecho penal forma parte del “aparato de imposición” (Parsons) necesario para el mantenimiento de la estabilidad de una sociedad. Se trata de la última instancia de dicho aparato: la que “consiste en la utilización de la fuerza física para impedir acciones perturbadoras” (Manual de Derecho Penal, Enrique Bacigalupo. Editorial Temis 2004, pág. 1)

Trasladémonos a nuestra dolorosa realidad: Las unidades fiscales, cada vez más cerca –físicamente– de la sociedad (ver cantidad de fiscalías barriales que se alquilan con dinero público) están paradójicamente lejos del acceso de las personas.

Los fiscales casi nunca están en sus despachos, han adquirido el mal vicio de ser “agentes virtuales de la investigación fiscal” (nunca contactan con el denunciante, ni el denunciado) los asistentes fiscales (en su gran mayoría) ¡ni siquiera saben decir buen día!

Entonces, cómo van a cumplir el rol de representantes de la sociedad si no manejan reglas mínimas de urbanismo: saludo cortés, orientación humana y jurídica básicas, delicadeza, honestidad y empatía.

El escenario con el cual nos encontramos abogados y ciudadanos en las fiscalías barriales es desolador (y no exagero), en la mayoría de los casos tropezamos con despachos vacíos, funcionarios desmotivados, desganados, ignorantes y con muy pocas ganas de servir a la sociedad. Pero hasta la sociedad podría ceder y tolerar la antipatía de los funcionarios fiscales si estos cumplieran su función correctamente y cada denuncia que se les toca investigar sea sometida a un análisis jurídico inmediato, de manera tal a dar una respuesta efectiva a la angustia de aquel que derivó “su problema” a quien –al menos en la teoría constitucional– es su representante.

El fiscal general del Estado es un averiado institucional, o sea, no sabe administrar una de las instituciones públicas más importantes de nuestra estructura social y no imparte directivas claras que incorporen a la conducta de sus funcionarios el hábito de realizar el análisis de la “Teoría del caso” algo que parece tan obvio pero que cede ante la incultura de nuestros operadores fiscales. En palabras de Bacigalupo “La afirmación de que un hecho constituye un ilícito (la violación del orden jurídico) requiere, como vimos, la comprobación de que el hecho importa, en primer término, la infracción de una norma y, en segundo lugar, la verificación de que esta infracción no está autorizada”.

Quien pudiera vivir en un país de instituciones sólidas… hasta entonces Dios nos libre del karaguataty de fiscales ignorantes!.

* Presidenta de la Coordinadora de Abogados del Paraguay

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