21 de julio de 2026

El fuego cruzado que empezó en redes sociales entre la senadora Celeste Amarilla y el jugador francés Kylian Mbappé escaló rápidamente a un escándalo internacional de ribetes diplomáticos. La complejidad del asunto ahora radica en que existe una denuncia formal contra la parlamentaria en el fuero francés, lo que da pie a la pregunta: ¿puede la justicia francesa investigar a una senadora paraguaya? Esto es lo que dice un especialista en derecho penal.

Laura de Grado, Madrid, 5 oct (EFE).- El juicio por la violación múltiple a Gisèle Pelicot, drogada por su marido, Dominique Pelicot, durante casi diez años para que decenas de hombres la violaran, está marcando un hito en Francia y en el mundo al poner en evidencia la violencia sexual sistemática que sufren miles de mujeres y la revictimización a la que son sometidas quienes deciden romper el silencio.

París, 14 sep (EFE).- Miles de manifestantes mostraron este sábado en París su apoyo a Gisèle Pelicot, la mujer a la que su marido drogó durante años para que fuese violada por decenas de desconocidos, y pusieron a España como ejemplo en la lucha de la violencia machista, evocando casos como el de ‘la Manada’ (2016).

Resulta característico de los modelos de conducta que ocupan un análisis a partir de los delitos (fuente), que primeramente se ingrese al margen de un estudio de la “acción” de encubrimiento. Así, posteriormente, se busca (escalar) al sentido punible por la naturaleza jurídica del crimen autónomo. Ciertamente, el cambio copernicano que esto ha generado (dentro del derecho penal económico), nos revela un interés por establecer un concurso de delitos entre el lavado de activos y el delito (fuente). Es que, la doctrina ha captado una serie de adecuaciones “concursales” dentro de los tipos penales que pueden ser concursados (eventualmente), pues bien, nos ocupa el caso del lavado de activos y su objeto material que permite la secuencia de diversas situaciones dentro del “iter criminis”.

Ciertamente, el sentido político criminal de los delitos societarios fue transformándose, al tiempo de incidir en la manifestación de los bienes jurídico-penales, puesto que, a modo comparativo, hemos de ponderar doctrinariamente que la visión de los bienes jurídicos expone (por un lado), los denominados bienes jurídicos generales. Pero ello soporta el encomio de nuevos injustos en el vértice económico, que han potenciado la pauta aplicable de aquellos enunciados como “bienes jurídicos difusos”.
La doctrina contemporánea motiva un reconocimiento analítico hacia el ámbito de la tutela de orden fiscal, ante los diversos fraudes tributarios, las grandes quiebras, y un derivado sistémico del alcance patrimonial público. En tal sentido, las disposiciones legales han proclamado una “armonización” del bien jurídico protegido (esencialmente) patrimonialista.