En este caso se trata de Shirley Troche, funcionaria de una institución del Estado y madre de cuatro hijos, uno de ellos de 6 años y con discapacidad y el último de tan solo 10 meses, denunció que el Juzgado de Paz de Villa Morra, a cargo de Elvira Margarita Franco González, pese a los pedidos hechos y urgimientos presentados, aún no le levantó el embargo de su salario. La misma es víctima de la mafia de los pagarés.
La mujer refirió que en 2024 la empresa “Gestiones y Emprendimientos EAS”, la demandó en dos oportunidades por la suma de G. 10.000.000, cada una. Sin embargo, la afectada manifestó desconocer tal firma y que nunca fue notificada de la acción judicial que se inició en su contra en el Juzgado de Paz de Villa Morra.
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A partir de septiembre de 2025, la misma viene sufriendo el embargo de su salario. Ante esta situación, Shirley Troche, con asesoramiento legal recurrió entre diciembre y enero al juzgado para tener acceso a los expedientes, sin embargo en el lugar le informaron que no encontraban los mismos.
En este marco, la mujer indicó que el 22 de diciembre de 2025 presentó un urgimiento, exigiendo la resolución del juzgado y el levantamiento del embargo de su salario, pero hasta hoy día está sin resolverse.
Troche expresó su preocupación porque su hijo de 6 años precisa realizarse tratamientos diarios, también necesita comprar pañales para su hijo más pequeño y “no estoy pudiendo cubrir por causa de esta mafia”.
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Pese a no haber expedientes le embargan G. 13 millones
Otro caso similar afecta a Miryan Elizabeth Páez Bogado, contra quien existen tres acciones preparatorias de ejecutivos que fueron impulsadas, entre los años 2021 y 2024, por otras firmas, pero reciéntemente la Compañía Administradora de Riesgos (Carsa), inició tres acciones, usando el mismo pagaré, con lo hizo que se decrete el embargo de G. 13.717.000, en cada una. El caso fue expuesto y denunciado por la Cámara de Senadores.
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La jueza de paz de Villa Morra, Elvira Franco, que entonces interinaba el juzgado de paz de La Recoleta, había informado el 19 de septiembre de 2025 a la “Comisión Antimafia de los pagarés” de la Cámara Alta, sobre dichas demandas y en qué juzgado se tramitaban.
El informe señaló que existían tres expedientes caratulados como “Compañía Administradora de Riesgos (CARSA) c/ Páez Bogado, Miryan Elizabeth s/ acción preparatoria de juicio ejecutivo”, en cada uno el monto demandado fue de G. 13.717.000 y ya contaban con cuenta habilitada en el Banco Nacional de Fomento (BNF).
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Pero, lo más contundente que figuraba en el informe fue que según reporte brindado por el Departamento de Base de Datos de la Corte Suprema de Justicia “no se encuentra ninguna causa activa relacionada con esa carátula”. La búsqueda en físico también se realizó en las secretarías N° 1 y N° 2 de La Recoleta y “no hemos localizado el expediente físico alguno a nombre de la demandada”.
Ahora, a través del sistema Judisoft, sí se detectaron dos expedientes tramitados ante el Juzgado de Paz de La Encarnación, Secretaría N° 2, el 15 de abril de 2021, bajo la carátula “Distribuidora Mercurio SRL c/ Páez Bogado, Miryan Elizabeth s/ acción preparatoria de juicio ejecutivo”; y ante el Juzgado de Paz de San Roque, Secretaría N° 1, con carátula “Fast Credit Sociedad Anónima c/ Miryan Elizabeth Páez Bogado s/ acción preparatoria de juicio ejecutivo”, el 13 de diciembre de 2024.
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Versión de Carsa sobre denuncia
La firma Carsa, nota mediante, contactó con nuestro diario para informar que el 19 de noviembre de 2025 remitió una nota a la Comisión Antimafia de los Pagarés de la Cámara de Senadores, para explicar la situación de la denunciante Miryan Elizabeth Páez Bogado.
“La Sra. Miryan Elizabeth Páez Bogado, es cliente de nuestra marca Che Duo Préstamos desde el año 2020 a raíz de un crédito garantizado con un pagaré de G. 14.350.500. Dicha obligación se encuentra vigente, registrando un atraso de más de 140 días. Fue abonada una sola cuota con 70 días de mora”, afirma la nota.
La empresa indica que a raíz de esta situación, inició una demanda en reclamo del saldo deudor de G. 13.717.000 ante el Juzgado de Paz de la Recoleta, que dispuso el embargo de una cuarta parte del salario de la demandada.
“No habiéndose verificado el cumplimiento de la orden judicial, se solicitó la reiteración del oficio de embargo, siendo asignada una nueva cuenta judicial, lo cual obedece a una cuestión meramente operativa, ya que ambas se encuentran vinculadas al mismo juicio y al mismo crédito (mismo pagaré)”, señala el escrito.
“Posteriormente el Juzgado volvió a expedirse mediante un nuevo oficio de reiteración de embargo. A la fecha, las cuentas judiciales vinculadas al único proceso (mismo crédito y mismo pagaré) no registran depósito de dinero alguno derivado del embargo inicial ni extracción de fondos”, concluye la nota.
Corte insta a cumplir ley que obliga a levantar embargos
Otro punto aprobado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en su sesión extraordinaria del jueves, fue la propuesta del ministro Alberto Martínez Simón, de publicar un comunicado sobre la vigencia de la Ley N° 7.614/25, que dispone el levantamiento de embargos y otras medidas cautelares decretados en juicios ejecutivos, cuyos expedientes no estén en los juzgados.
“La Ley N° 7.614/2025 fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 30 de diciembre de 2025, por lo que se encuentra plenamente vigente desde el día 31 de diciembre de 2025, sin necesidad de ninguna instrucción, reglamentación, protocolo o actuación administrativa de parte de la Corte Suprema de Justicia, ni de ninguna otra autoridad”, señala el comunicado.
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Finalmente, la Corte Suprema de Justicia insta a los jueces que estén a cargo de dichos procesos extraviados, a dar cumplimiento estricto e inmediato a la normativa de la Ley mencionada.
“Instamos a las personas afectadas por embargos o medidas cautelares que obren expedientes extraviados o que no radiquen en las respectivas secretarías y que no hayan sido levantados de conformidad a la Ley N° 7.614/25, que denuncien dichas omisiones al Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, a fin de abrir las correspondientes investigaciones para que, en caso de constatarse falta de cumplimiento de la ley, se apliquen las sanciones correspondientes a los eventuales responsables, sin perjuicio de la derivación de la cuestión a otras instancias”, concluye el comunicado publicado en la web de la CSJ .