El fin de semana largo ya arrancó y muchos están aprovechando la oportunidad para viajar hacia destinos menos ruidosos. Pero es importante tomar todos los recaudos para no caer en las infracciones comunes que podrían ser motivo de sanción por parte de la Patrulla Caminera.
Luces apagadas: la falta más frecuente
La infracción que se registra con mayor frecuencia es circular con las luces del vehículo apagadas, pese a que su uso es obligatorio en ruta. En muchos casos, los conductores olvidan encender las luces o activan una iluminación que no corresponde para la circulación. La luz reglamentaria es la luz baja y la sanción por no encenderlas es de cuatro jornales mínimos, equivalente actualmente a G. 446.008.
Cinturón de seguridad
La segunda falta más habitual, según lo señalado por la Patrulla Caminera, es la no utilización del cinturón de seguridad, especialmente por parte de los acompañantes que viajan en los asientos traseros. Esta omisión deriva en sanción para el conductor, incluso cuando la resistencia proviene de los pasajeros y el monto de la multa asciende a seis jornales mínimos; es decir G. 669.012.
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Las infracciones más elevadas
Entre las faltas que podrían resultar en multas más elevadas, están:
- Manejo en contramano: G. 2.230.040
- Licencia de conducir vencida: G. 1.115.020
- Alcotest positivo (desde 0,200 a 0,250 MG/L): G. 1,115,020
- Transportar personas en carrocerías: G. 1.115.020
Ambigüedad sobre el tereré al volante:
En entrevista con Radio Monumental, la inspectora Patricia Ferreira, jefa de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera, dijo que se considera una “falta grave” manejar sin las dos manos, algo que claramente no se cumple cuando el conductor va tomando tereré. Ferreira refirió que si hay un acompañante que se encargue de cebar, no hay mayores inconvenientes, aunque de todas formas el encargado de manejar, indefectiblemente deba apartar una mano del volante al momento de beberlo.
Sobre el punto, la inspectora señaló que se trata de una infracción muy difícil de comprobar sin equipos tecnológicos. “En estos casos es una falta difícil de constatar y no realizamos las sanciones”, dijo. No obstante, en caso de constatar la infracción “en flagrancia”, la multa va hasta 10 jornales mínimos, equivalente a G. 1.115.020. La misma sanción se aplica a conductores que se encuentren fumando al momento de manipular el vehículo, una infracción más fácil de comprobar, señaló.
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Zapatilla al volante: sí o no
Otro punto abordado por la inspectora fue el uso de zapatillas al momento de manejar. En ese sentido, Patricia Ferreira señaló que la la Ley Nacional no lo prohíbe, pero aclaró que existen ordenanzas municipales que podrían considerar esto como una falta, por lo que es importante que los conductores se informen al respecto, ya que podrían ser sancionados en municipios específicos.