Senado habilita venta sin orden judicial de bienes comisados

Sesión del Senado.virgilio vera

El Senado aprobó ayer la modificación de la ley de Senabico para que el ente pueda hacer “ventas anticipadas” de los bienes comisados sin necesidad de una orden judicial. No se incluyen inmuebles. Los impulsores culpan a la mora judicial y los detractores temen que sea inconstitucional.

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Por amplia mayoría y tras un prolongado debate, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó ayer el proyecto de ley que modifica y amplía los artículos 18 y 23 de la Ley N° 5876/2017 sobre la venta sin orden judicial los bienes comisados por Senabico. El expediente pasa a la Cámara de Diputados para su consideración.

Se trata de una iniciativa remitida por el Poder Ejecutivo, durante la administración de Mario Abdo Benítez. El objetivo es que la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico) pueda “monetizar”, sin necesidad de una autorización judicial, los bienes de presuntos narcos que podrían perder su valor mientras se aguarda una condena o absolución.

El proyecto apunta principalmente a autos de alta gama, avionetas y cabezas de ganado. No están incluidos los inmuebles.

De 29 presentes, 18 legisladores de casi todas las bancadas votaron por la aprobación. Se opusieron los senadores Norma Aquino “Yami Nal” (ExCN); Esperanza Martínez (FG); Kattya González (PEN) y Rafael Filizzola (PDP). Se abstuvieron Eduardo Nakayama (PLRA) y Javier Zacarías (ANR). Otros cinco senadores no emitieron voto.

Bienes rematados por la Senabico.

Venta sin orden judicial de bienes comisados es inconstitucional, dicen

Los cuatro senadores que votaron en contra del proyecto sostuvieron que la iniciativa viola la Constitución Nacional, que en su artículo Nº 109 establece que nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de sentencia judicial. También señalaron que la norma habilitará a la Senabico a rematar bienes según la cara del oferente. Advierten que la norma, si se promulga y aplica, será atacada de inconstitucionalidad.

Sin embargo, los impulsores del proyecto indicaron que la ley separa los términos de “bienes y muebles” de los “inmuebles”. Agregaron que los procesados podrán acceder al valor de la venta en caso que sean absueltos.

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