El presidente de la República, Santiago Peña, firmó el Decreto N° 5971, con fecha 4 de mayo de 2026, por el cual autoriza las adjudicaciones para la explotación del juego de azar denominado quiniela, al consorcio Daruma Sam S.A., Caproni SA, Dataforge S.A. y a la firma Technologies Development of Paraguay S.A. (TDP SA).
El decreto refiere en su considerando la nota presentada por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), del 4de mayo de 2026, por la cual esta institución, conjuntamente con el Ministerio de Economía y Finanzas, eleva a consideración del Poder Ejecutivo la Resolución Conajzar N° 47/2026, “por la cual se evalúan las documentaciones presentadas por los oferentes de la Licitación Pública N° 01/2025 y se adjudican dos concesiones para la explotación del juego de azar, denominado quiniela.
El decreto refiere que la concesión del juego de azar denominado quiniela para su explotación en todo el territorio de la Republica del Paraguay, conforme al artículo 20 inciso b) de la Ley N° 1016/1997, modificada por la Ley N° 7438/2025, “por el plazo de cinc años o 60 meses, contados desde la fecha de inicio de explotación del juego indicados en las resoluciones correspondientes, con un canon de la concesión mensual en guaraníes equivalente al 19,0% sobre la recaudación bruta mensual de cada concesionario, en ningún caso podrán abonar a la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) un monto inferior al canon mínimo Garantizado Proporcional que les correspondan de los G. 9.500.000.000 mensuales", conforme a la formula dispuesta en la clausula 31.3 del PBC de la L.P. N° 01/2025 y su adenda.
Indica que el monto que será reajustado cada 12 meses, a partir del decimo tercer mes y hasta la finalización del plazo de la concesión para la explotación del juego.
El decreto establece que Daruma Sam S.A., Caproni SA, Dataforge S.A. y a la firma Technologies Development of Paraguay S.A. (TDP SA) deberán presentar las Garantías de Fiel Cumplimiento de Contrato y las Garantías de pagos sustitutivos previo a la firma del contrato conforme con las condiciones establecidas en el numeral nueve de la Sección V del Pliego de Bases y Condiciones.
También dispone que los contratos de concesión deberán ser suscriptos ante escribano público, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de este decreto.
Contrato para la quiniela
El decreto refiere que los documentos firmados por las partes y que formaran parte integral del Contrato son los siguientes: - El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de la Licitación Pública N° 01/2025 realizada por la Conajzar, y su respectiva adenda. - La oferta adjudicada. - La Resolución de la Conajzar N° 47/2026.
-El decreto indica que las Garantías (Pólizas de Seguro y/o Fianzas Bancarias) de Fiel cumplimiento de Contrato y de pagos sustitutivos en concepto de multas, intereses moratorios y punitorios, extendidas a favor de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) en el marco de la presente licitación, conforme a lo dispuesto en las respectivas clausulas del PBC.
- El Decreto del Poder Ejecutivo de aprobación de adjudicación.
-Las demás comunicaciones emitidas por la Conajzar.
El decreto también autoriza al titular de la Dirección General de Juegos de Azar a suscribir los Contratos correspondientes con el Daruma Sam S.A., Caproni SA, Dataforge S.A. y a la firma Technologies Development of Paraguay S.A. (TDP SA).