El vencimiento para presentación de los Estados Financieros como cada año está previsto para el mes de abril, pero ante reiterados pedidos de los contribuyentes y de los profesionales contables, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) confirmó esta tarde, que se posterga el plazo para presentación de estos informes, además de la ampliación de datos sobre utilidades, reservas y demás, hasta el mes de junio del presente año, de acuerdo con la resolución RG 50/2026
De esta manera, los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), régimen general con ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2025, tendrán tiempo de presentar sus informes sin multas ni recargos hasta el mes de junio de 2026, conforme al calendario de vencimientos de declaraciones juradas informativas. No obstante, hay una gran cantidad de contribuyentes que ya lograron cumplir con la exigencia de la Administración Tributaria.
En cuanto a los plazos para la presentación de los Estados Financieros para aquellos contribuyentes del IRE con fecha de cierre en los meses abril y junio de 2026 se mantendrán invariables, explicaron desde la DNIT.
Más tiempo para ampliar datos sobre utilidades y reservas
Por otra parte, la extensión del plazo para presentar los Estados Financieros, también viene a dar un respiro a los contribuyentes que se toparon esta semana con una nueva exigencia por parte de la Administración Tributaria . Se trata de la Resolución RG 49 que pide a los contribuyentes obligados a presentar su EEFF, a ampliar datos sobre las utilidades empresariales y sobre las reservas.
La Administración Tributaria sigue firme en su intensión de limitar las utilidades no distribuidas que están en reservas.
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Según el propio Orué unas 120.000 empresas mantienen en sus balances cerca de G. 62 billones (más de US$ 9.500 millones) en cuentas de reservas, y algunas por bastante tiempo, por lo que presumen que habría inicios de “elusión impositiva”. Al respecto, han saltado todo tipo de críticas al gobierno por la intención de nuevamente “cargar al contribuyente”, en un intento desesperado de incrementar las recaudaciones impositivas.
Con esta disposición de la RG 49 emitida el 24 de marzo último, la DNIT exige a los contribuyentes que están alcanzados a detallar : conciliación de utilidades acumuladas, utilidades susceptibles a distribución, distribución o destino de utilidades, composición y saldo de las reservas, entre otros datos.
En cuanto a los contribuyentes que hayan presentado anticipadamente sus Estados Financieros, deberán rectificar el formulario para poder agregar los datos solicitados esta semana por la DNIT, de acuerdo con lo detallado por Orué.