El IDU: ¿Cómo se calcula y quiénes están obligados?

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Ante la intención del gobierno de regular las reservas sobre las utilidades empresariales, para cobrar el IDU, muchos internautas se preguntan en qué consiste este impuesto. En esta nota te detallamos sobre los alcances de este tributo, según la legislación vigente.

El Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU) es el impuesto que se paga por la distribución de los dividendos, utilidades o los rendimientos cuando estos sean puestos a disposición o pagados al dueño, al socio o al accionista de las empresas que las generan. Recientemente autoridades del Gobierno han manifestado la intención de limitar las reservas de utilidades empresariales, esto a fin de poder incrementar la recaudación del IDU, iniciativa que ha generado todo tipo de críticas.

En ese sentido, desde la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) explicaron que dicho gravamen se aplica a todas las personas físicas y jurídicas, así como a otras entidades, tanto residentes como no residentes, que perciban dividendos, utilidades o rendimientos generados por su participación en empresas. En lo que respecta a la tasa impositiva es del 8% para contribuyentes residentes en el país y del 15% para no residentes.

Direccion Nacional de Ingresos Tributarios

Cabe señalar que el IDU fue establecido por la Ley N.° 6380/2019 “De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional”, como parte de las reformas orientadas a actualizar el sistema tributario paraguayo.

¿Cómo se aplica el IDU?

En cuanto a su aplicación, desde la Administración Tributaria detallaron que la obligación tributaria se genera en distintos momentos, dependiendo del tipo de entidad.

Así, en las Sociedades Anónimas (SA), surge conforme a lo resuelto en asamblea; en las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), según lo establecido en sus estatutos o, en su defecto, en el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio; mientras que, en las Empresas Unipersonales (IRE RG) se produce en el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio, salvo que las utilidades sean reinvertidas. También aplica en casos de Rescate de Capital, conforme a la decisión del órgano correspondiente o a lo establecido en la asamblea.

Objetos de retención

Para asegurar el cumplimiento del impuesto, la DNIT estableció la figura de las Entidades Generadoras de Dividendos, Utilidades y Rendimientos (EGDUR), que son responsables de retener y transferir el tributo al Fisco. Estas entidades incluyen Empresas Unipersonales que liquiden el Impuesto a la Renta Empresarial por el Régimen General (IRE RG), sociedades, consorcios de obras públicas, entidades extranjeras con presencia en el país, entre otras.

De esta forma, el pago del IDU se realiza mediante la retención a través del Sistema Marangatu. En este proceso, las entidades generadoras de dividendos, utilidades y rendimientos actúan como agentes de retención y deben emitir el comprobante de retención correspondiente dentro del plazo establecido, que se extiende hasta el último día del mes en que se genera la obligación o se efectúa el pago, lo que ocurra primero.

Actualización de datos

Finalmente, la DNIT insta a los contribuyentes que para cumplir con este compromiso, las entidades deben actualizar sus datos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) e incorporar la obligación “Retención del IDU” (Código de Obligación 726) en el Sistema Marangatu.

Asimismo, deben gestionar, por única vez, la autorización y timbrado de los comprobantes de retención a través del módulo correspondiente.

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